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Los agentes comerciales de los municipios de la DANA se encargarán de asesorar en la tramitación de ayudas

  • El objetivo es informarles de cómo agilizar la petición de subvenciones de los comercios afectados en sus localidades

La Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, que dirige Marián Cano, ha mantenido una primera reunión de trabajo con los agentes comerciales de los municipios afectados por la DANA del pasado 29 de octubre.

El objetivo de la reunión telemática ha sido informar a dichos agentes sobre cómo asesorar y ayudar a los comercios de sus respectivos municipios que hayan sufrido daños materiales en la presentación de las solicitudes para recibir las ayudas aprobadas por el Consell.

Han participado tanto los técnicos de la red de Agencias para el Fomento de la Innovación Comercial (AFIC), coordinada por la Dirección General de Comercio, Artesanía y Consumo en colaboración con los ayuntamientos, así como los técnicos comerciales de las localidades sin AFIC.

Todos ellos asesorarán sobre el programa CODANA de ayudas dirigidas a empresas comerciales, turísticas, de servicios y otro tipo de actividades que hayan sufrido daños materiales y que está dotado con 50 millones de euros del total de 100 millones aprobado por el Consell. Los otros 50 millones van dirigidos a empresas industriales bajo el programa INDANA.

El plazo de solicitud de estas subvenciones ha empezado este jueves y concluirá el próximo 31 de diciembre.

Las subvenciones, que se pueden pedir telemáticamente, pueden llegar hasta 5.000 euros por empresa o autónomo e incrementarse en 1.000 euros adicionales por cada persona contratada hasta un máximo de 15.000 euros.

La Conselleria de Industria ha habilitado un espacio específico en su página web con el nombre 'Ayudas DANA' donde se puede consultar toda la información sobre estas ayudas, así como tener acceso directo al procedimiento para formalizar la solicitud.

Tramitación sencilla  

La tramitación se ha simplificado al máximo para agilizar la recepción de las ayudas de modo que, además de la solicitud, sólo se exigen declaraciones responsables sobre la veracidad de los datos aportados.

Entre los requisitos para poder acceder a las ayudas se establece que los solicitantes deben acreditar que tenían actividad comercial el 28 de octubre en alguno de los 75 municipios valencianos afectados, según el Decreto 172/2024, de 26 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes dirigidas a facilitar el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de las empresas que hayan sufrido daños.

Además, se pide el compromiso de mantener la actividad económica en la Comunitat Valenciana hasta al menos el 30 de junio de 2025.

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