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Más de 200 personas se reúnen en la UJI para analizar el tratamiento jurídico en delitos contra las mujeres

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    Más de 200 personas se han dado cita hoy en el congreso «Mujer, víctima y sistema de justicia penal II», organizado por el Grupo de Investigación en Derecho Penal y Política Criminal de la Universitat Jaume I, con el objetivo de realizar un análisis interdisciplinario del tratamiento jurídico que reciben los delitos cometidos contra la mujer por razones de género.

    La inauguración del congreso ha sido a cargo de la rectora de la UJI y delegada de la presidencia de Conferencia de Rectores y Rectoras de las Universidad Españolas (CRUE) para Políticas de Igualdad, Eva Alcón; la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública de la Generalitat Valenciana, Gabriela Bravo; la vicerrectora de Promoción Lingüística e Igualdad, Pilar Safont, y la catedrática de Derecho Penal de la UJI, Maria Luisa Cuerda.

    Alcón ha asegurado que «la erradicación de la violencia machista requiere que pasemos de la palabra a la acción y que lo hagamos conjuntamente toda la sociedad, las universidades también». En esta línea, ha recordado que, desde la CRUE, se ha impulsado la delegación de Igualdad y ha afirmado que «esta lucha contra la violencia machista tiene que formar parte de la agenda política de las universidades».

    Por su parte, Bravo ha destacado la importancia de actuar con eficacia en la asistencia, la protección y el castigo al delincuente porque «cuando una mujer da el paso, vence el miedo, y pone la denuncia el sistema de justicia no puede fallar». Así, ha señalado que «tenemos esa responsabilidad de trabajar en la prevención y protección y favorecer todos los recursos necesarios para que la maquinaria judicial tenga esa respuesta integradora y cubra todos los ámbitos. Este tema tiene que ser una prioridad en las políticas de Estado».

    Tras la inauguración, ha tenido lugar la primera mesa redonda, moderada por la catedrática de Derecho Penal de la Universitat Jaume I, María Luisa Cuerda, que ha contado con la participación de dos catedráticos de Derecho Penal: Ignacio Berdugo Gómez de la Torre, de la Universidad de Salamanca, y Josep María Tamarit, proveniente de la Universitat de Lleida.

    El catedrático de la Universidad de Salamanca ha analizado las últimas reformas del Código Penal en relación a la victimización sexual de la mujer en los delitos contra la libertad sexual, un tema «de vital importancia en nuestros días en todos los factores, y una realidad en la que hay que pasar a los hechos». Para Berdugo, si se reflexiona sobre los últimos debates que han tenido lugar dentro del marco del Derecho Penal «la violencia de género siempre ha estado presente». En su intervención, ha considerado determinante citar el Convenio de Estambul porque atestigua que «la violencia contra la mujer es una manifestación del desequilibrio histórico entre ambos géneros, llevando a la dominación y a la discriminación de la mujer por el hombre».

    También ha hecho referencia a la sentencia del 4 de julio de 2019 del Tribunal Supremo, puesto que refleja que los delitos sexuales son un «claro exponente» de la función de las normas jurídicas en la recreación de los estereotipos y roles sociales que han definido «la distribución desigual de derechos y obligaciones». La ponencia del catedrático ha sido un recorrido por la historia del Código Penal en su relación a la violencia de género, desde los inicios y las regulaciones del documento de 1944 hasta las reformas de 1989. «Tras esto, llegamos al Código Penal de 1995 que mantiene los delitos contra la libertad sexual pero incluye cambios sustanciales en los de violación. Aunque es un código no estático sujeto a debates y más reformas y todavía hay cuestiones pendientes».

    Para finalizar, Berdugo Gómez de la Torre ha analizado y reflexionado sobre el caso de «La Manada», puesto que ha marcado «un antes y un después en la justicia penal sobre violencia de género». En palabras del profesor: «La clave de este caso es la falta de consentimiento de la víctima. No hay que medir su resistencia a los acontecimientos ni debe valorarse una intimidación a priori puesto que los casos deben entenderse como concretos y específicos y no utilizar como baremo un nivel de intimidación de la mujer media». Además, para Berdugo la sentencia del Tribunal Supremo en este caso interpone tres grandes focos de reflexión: el debate social producido; la victimización de la víctima durante el proceso penal y los «dramáticos efectos de la recriminalitzación»; y la necesidad de una reforma más profunda «y que vaya más allá de un golpe aislado a modo de un mero cambio en la legislación penal».

    Josep María Tamarit, por su parte, ha centrado su intervención en la construcción del concepto «víctima» y en estudios relacionados con la política criminal de género. El catedrático de la Universitat de Lleida ha defendido: «La idea de lo que es o deja de ser una víctima es una construcción social histórica, puesto que la sociedad asigna unos roles dentro de un proceso dinámico. Incluso existe el concepto de víctima ideal (Christie) para ejemplificarlo».

    «Se espera de una víctima que esté socialmente afectada, sea totalmente inocente, que sufra y sea vulnerable. Si no cumple alguno estos parámetros la sociedad no decodifica la persona como víctima», ha apostillado Tamarit, que añade: «Por la construcción social, se espera que el rol de víctima corresponda a la mujer y la del agresor al hombre, por eso un término es femenino y el otro masculino. Ser una víctima denota pasividad, debilidad y sufrimiento. Es una de las grandes paradojas: la sociedad espera un comportamiento determinado de las víctimas e, incluso, las utiliza, como cuando un determinado discurso político utiliza por conveniencia algún caso concreto».

    El catedrático también ha subrayado que «el victimismo choca de lleno con nuestra forma de entender la realidad y amenaza la creencia de un mundo justo». Tamarit ha explicado que, en el momento en que ocurre alguna situación que podemos catalogar como injusta, la creencia social tiende a culpar de cierta forma a la víctima pensando que «algo haría para merecerlo» y se buscan justificaciones para no «atentar contra ese mundo justo que necesitamos para vivir».

    Por último, ha añadido los resultados de varios estudios, incluido el realizado por el equipo del propio catedrático, analizando más de un centenar de sentencias en relación a las situaciones penales tanto en conflictos de violencia de género (agresión unilateral) como en casos de violencia en relaciones de pareja (agresión mutua). Según los resultados, las mujeres obtienen menos condenas siendo éstas de menor dureza y extensión, con un nivel inferior de encarcelamientos. Para Tamarit, las diferencias «resultaron significativas estadísticamente. Además, destacamos que a nivel penal en los casos de violencia de género los hombres son más castigados tanto a nivel de condena como de extensión que en los casos de violencia mutua».

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