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Xàtiva adaptará la ordenanza fiscal reguladora municipal a la normativa vigente sobre la plusvalía

Xàtiva adaptará la ordenanza fiscal reguladora municipal a la normativa vigente sobre la plusvalía
  • Esta modificación tiene el objetivo de solucionar los problemas existentes respecto al impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana

El Ayuntamiento de Xàtiva llevará al pleno de febrero la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, para adecuarla a la normativa vigente aprobada en noviembre del pasado año 2021.

Este impuesto graba el incremento de valor que experimentan los terrenos de naturaleza urbana y que se pone de manifiesto a consecuencia de la transmisión de la propiedad de estos por cualquier título o de la constitución o transmisión de cualquier derecho real de disfrute. La modificación tiene el objetivo de solucionar el problema recurrente de la plusvalía municipal anterior, la cual grababa la transmisión de inmuebles aunque se hubiera producido una venta por bajo del importe de compra, situación muy frecuente desde la crisis inmobiliaria del año 2008.

Entre los cambios más significativos hay que destacar que no estarán sujetos a este impuesto las transmisiones que, por parte del interesado, demuestren la inexistencia de incremento patrimonial comparando el precio de compra con el de venta en las escrituras.

Además, habrá dos métodos de cálculo de la base imponible: el sistema objetivo y la plusvalía real. De este modo los contribuyentes tendrán la opción de tributar por la plusvalía real del suelo (diferencia entre el precio de venta y la adquisición) si ésta es inferior a la base imponible que proponga el sistema objetivo. Esta opción se tendrá que solicitar por parte del interesado, y siempre se aplicará lo más beneficioso para el contribuyente.

«Hasta ahora se producía el devengo de un impuesto sobre un supuesto beneficio, el cual con las escrituras de compra en la mano no se había generado nunca. Ahora la nueva normativa respecto a la plusvalía deja directamente exentas las compraventas por bajo del precio de adquisición», ha indicado el regidor de Hacienda Ignacio Reig, quien ha añadido que además «en el caso de ventas que sí han generado un beneficio, el ciudadano o ciudadana puede elegir entre las dos opciones: el método objetivo, que es similar al procedimiento anterior; o tributar por la plusvalía real, que graba solo el beneficio generado. En definitiva, la plusvalía municipal solo grabará los beneficios reales, mientras que las ventas de pisos a pérdidas quedarán exentas».

Hay que destacar también que las transmisiones inferiores a un año sí que estarán sujetas a la plusvalía, mientras que ésta no tendrá efectos retroactivos. Esto quiere decir que todas las liquidaciones aprobadas y notificadas anteriores al 26 de octubre de 2021 no se pueden acoger a esta sentencia.

Una vez aprobada esta modificación en el pleno municipal se abrirá una fase de exposición pública de 30 días después de los cuales se enviará al Boletín Oficial de la Provincia para su aprobación definitiva.

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