Aforos y restricciones severas en Vinaròs: este es el mensaje de su alcalde
Ante el imparable aumento de contagios, su alcalde pide que no se celebre Halloween: ni fiestas privadas y niños pidiendo golosinas
Ante el incremento de los casos registrados en Vinaròs la Consellería de Sanidad ha dictaminado nuevas medidas restrictivas para evitar más contagios. El alcalde Guillem Alsina ha comparecido ante los medios de comunicación, en una rueda de prensa extraordinaria, para dar a conocer las nuevas medidas restrictivas decretadas por la Consellería de Sanidad.
Estas acciones se añadirán a las que el Ayuntamiento ha adoptado esta misma semana, con el objetivo también de evitar más contagios en la localidad. Alsina ha pedido a la ciudadanía que cumpla todas estas nuevas normas tomadas desde la Consellería de Sanidad, que tienen el objetivo de preservar la salud de las personas. En este sentido, insistía que “solo con el esfuerzo de todos podremos superar esta difícil situación y volver de nuevo a la normalidad que todos deseamos”.
En cuanto a la festividades de Todos Sants, el alcalde Alsina ha señalado que se mantiene el protocolo sanitario que se ha establecido para poder visitar cementerio municipal.
Así mismo, ha pedido a la ciudadanía hacer el esfuerzo de no celebrar la Noche de Halloween con fiestas privadas y que los niños no pidan golosinas a los comercios. Todas estas medidas se publicarán de forma detallada este viernes en el Boletín Oficial de la Comunidad Valenciana y serán de aplicación durante un plazo de 14 días naturales a contar desde las 00:00h del día 31 de octubre.
Estas son las siguientes:
- Medidas relativas a velatorios y entierros: Se limitará el aforo a 1/3, tanto en instalaciones públicas como privadas, hasta un máximo de 25 personas al aire libre y de 15 en espacios cerrados.
- Medidas relativas a celebraciones: Las ceremonias podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios cerrados, siempre que no se supere el 30 por ciento de su aforo con un máximo de 30 personas.
- Medidas relativas a establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales que no forman parte de centros y parques comerciales: Se tendrá que reducir a 1/3 el aforo total en los establecimientos y locales. En el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, la presencia de clientela en cada una de ellas, tendrá que guardar esta misma proporción. En el caso de los mercados que desarrollan su actividad en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria (mercadillos), se podrán instalar hasta un máximo del 50% de los lugares habitualmente autorizados.
- Medidas relativas a centros y parques comerciales. Que se limite a un 1/3 del aforo en cada uno de los establecimientos y locales comerciales situados en ellos.
- Medidas relativas a los establecimientos de hostelería y restauración. El consumo en el interior del local no podrá superar 1/3 del aforo. Y el consumo a las terrazas no podrá superar el 50% del aforo. No se permite los servicios tipo self-service o bufete.
- Medidas relativas en los hoteles y alojamientos turísticos. Las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos no podrán superar 1/3 de su aforo.
- Medidas relativas en las bibliotecas y archivos. En las bibliotecas, tanto de titularidad pública como privada, podrán llevarse a cabo actividades culturales y de estudio en sala, siempre que no se supere el 50% de su aforo.
- Medidas relativas en las salas de exposiciones. Se pueden acoger tanto visitas de público como actividades culturales, educativas, conferencias, talleres y conciertos, siempre que no se supere el 50% del aforo autorizado.
- Medidas relativas en los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, y recintos y establecimientos destinados a actas culturales y espectáculos al aire libre. Podrán desarrollar su actividad con el público sentado y siempre que no se supere el 50% del aforo autorizado.
- Medidas relativas a la actividad deportiva no profesional ni federada. En el interior de las instalaciones deportivas, fuera del ámbito regulado por el Consejo Superior de Deportes, no se podrá superar un 1/3 del aforo garantizando ventilación. En las actividades grupales el máximo será de seis personas. No se permitirá el uso de vestuarios ni duchas. Las competiciones y acontecimientos deportivos se realizarán sin público.
- Medidas relativas a congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y acontecimientos. La celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y acontecimientos promovidos por cualesquier entidades de naturaleza pública o privada, se llevará a cabo sin superar en ningún caso 1/3 del aforo.
- Medidas relativas a locales y establecimientos en los cuales se desarrollan actividades de juegos y apuestas. Se podrán realizar siempre que no se supere 1/3 del aforo autorizado en cada una de las salas. La ocupación máxima de cada mesa será́ de 6 personas.
- Medidas relativas a academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglada. La actividad que se realice en estos centros podrá impartirse de manera presencial siempre que no se supere 1/3 del aforo máximo permitido.
- Medidas relativas a centros de personas mayores y personas con discapacidad. Restricción de las visitas en centros residenciales. Se suspenderán las visitas, manteniendo únicamente las visitas en casos autorizados.