elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

València es la primera ciudad que regula el teletrabajo para los empleados municipales

València es la primera ciudad que regula el teletrabajo para los empleados municipales
  • El alcalde, Joan Ribó, ha ratificado este lunes el acuerdo unánime de todos los sindicatos

MÁS FOTOS
València es la primera ciudad que regula el teletrabajo para los empleados municipales - (foto 2)

El alcalde de València, Joan Ribó, ha firmado esta mañana el Protocolo de Teletrabajo del Ayuntamiento, con el que València se convierte en la primera ciudad del Estado en regular esta modalidad laboral para sus empleados y empleadas. Tal como ha puesto de manifiesto el alcalde «València ha sido pionera en la aprobación de esta norma, que permite una nueva organización de su trabajo, una mayor agilidad y eficiencia en sus procesos administrativos, y que favorecerá el proceso de cambio de la gestión, así como la conciliación de la vida laboral, personal y familiar de sus empleados y empleadas».

Acompañado por la concejala de Gestión de Recursos, Luisa Notario, y por representantes de todas las secciones sindicales municipales, el alcalde ha ratificado el acuerdo sobre el Protocolo de Teletrabajo del Ayuntamiento de València aprobado por unanimidad por de la Mesa General de Negociación. Ribó ha felicitado al equipo de la Delegación de Gestión de Recursos por «un trabajo técnicamente impecable e innovador, abierto y plenamente participativo». El equipo redactor ha recibido también la felicitación de las organizaciones sindicales.

El protocolo ha sido aprobado por la Mesa General de Negociación del Ayuntamiento de València por unanimidad de las fuerzas sindicales representadas en el Consistorio (UGT, CCOO, STAS-IV, CSIF y SPPLB). De esta manera, València se convierte en la primera administración española que desarrolla esta posibilidad de trabajo, una modalidad que fue aprobada por el Consejo de Ministros el mes pasado mediante la modificación del Estatuto Básico del Empleado público (EBEP). La aprobación del Protocolo culmina el exhaustivo proceso que arrancó antes del verano, y que da cumplimiento al Acuerdo Laboral suscrito por el Ayuntamiento en 2016.

El alcalde, Joan Ribó, ha felicitado también a los representantes sindicales, a quienes ha agradecido su colaboración, y ha manifestado su satisfacción por que València esté al frente de las administraciones publicas españoles en el desarrollo de la modalidad de teletrabajo para sus empleados y empleadas. Tal como ha manifestado Ribó, «el teletrabajo es un instrumento para mejorar la gestión del cambio, la transformación digital y el proceso de modernización que tiene que seguir el Ayuntamiento de València en la prestación de los servicios a la ciudadanía, y contribuirá a la mejora de la conciliación de la vida laboral y familiar, haciéndolos compatible con una mejora de la eficiencia en la gestión cotidiana de los trámites administrativos».

El alcalde ha recordado que tras la declaración del Estado de Alarma con motivo de la pandemia el pasado mes de marzo, el Ayuntamiento impulsó de manera decidida el teletrabajo como herramienta para continuar prestando servicio a la  ciudadanía y no paralizar la actividad municipal. «En pocas semanas conseguimos pasar de las 200 licencias que había a 2.400, lo que supone que conseguimos multiplicar por 12 los recursos, que ahora queremos regular y organizar con este documento», ha afirmado.

Por su parte la concejala de Gestión de Recursos, Luisa Notario, ha definido el Protocolo como «un documento innovador que se ha adelantado a lo acordado en el Estatuto Básico del Empleado público, que incorpora una regulación exhaustiva y precisa inspirada en reglamentos otras administraciones de varios países europeos, como Bélgica o Francia, y que aprende de experiencias que ya están llevándose a cabo en algunas grandes empresas privadas, principalmente del sector tecnológico».

CUATRO OPCIONES: DOS INDETERMINADAS Y DOS ACOTADAS

Notario ha detallado el contenido del Protocolo que establece cuatro modalidades de teletrabajo: dos con plazos determinados y otras dos con plazos indeterminados. La primera modalidad es de duración indeterminada por causas organizativas, y se establecerá para determinados puestos de trabajo que por sus características puedan desarrollarse de una manera más eficiente por teletrabajo. En segundo lugar, se contempla una opción también por causas organizativas, pero en este caso determinada, y el plazo de aplicación se concretará en función de las necesidades de una unidad administrativa o parte de ella.

La tercera posibilidad prevista es la que establece una duración determinada, pero en este caso por motivos de salud; será por un tiempo concreto y mientras se mantengan las circunstancias previstas. Finalmente, se ha regulado un supuesto de duración indeterminada, pensada para favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral, que se llevará a cabo durante un periodo máximo de un año, aunque se contempla que pueda ser prorrogada si permanece la razón de la solicitud.

Subir