elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

El Ayuntamiento destina una partida de 47.500 euros para el fomento del valenciano en los comercios de la ciudad

El Ayuntamiento destina una partida de 47.500 euros para el fomento del valenciano en los comercios de la ciudad
  • Pueden acceder a esta línea de subvenciones personas físicas y jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes que realicen su actividad en establecimientos comerciales abiertos al público en las áreas de comercio, servicios y hostelería

La Junta de Gobierno Local ha aprobado este viernes la convocatoria de subvenciones para la promoción del valenciano en los comercios del término municipal de València, que tiene una cuantía global de 47.500 euros. La finalidad de estas subvenciones es fomentar, reforzar, valorar e impulsar la presencia del valenciano como lengua de uso habitual en empresas, comercios y establecimientos abiertos al público que lleven a cabo actividades empresariales o profesionales en el término municipal de València en las áreas de comercio, servicios y hostelería.

Pueden acceder a esta línea de subvenciones aquellas personas físicas y jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes que realicen su actividad profesional en establecimientos comerciales abiertos al público en las áreas de comercio, servicios y hostelería situados en el término municipal de València. En todos los casos, la titularidad de las actividades corresponderá a trabajadoras o trabajadores autónomos, pequeñas empresas (las que ocupan a menos de 50 personas y tienen un volumen de negocio anual o un balance general anual no superior a los 10 millones de euros) o microempresas (las que ocupan a menos de 10 personas y tiene un volumen de negocio anual o un balance general anual no superior a los 2 millones de euros).

Si se trata de personas trabajadoras autónomas, han que cumplir los mismos requisitos, y habrán de ser propietarias o arrendatarias legales de un establecimiento comercial en la ciudad. Y, en todos los casos, deberán disponer de las autorizaciones y licencias municipales correspondientes para ejercer la actividad.

Según establecen las bases, quedan expresamente excluidas de esta convocatoria las administraciones públicas y las sociedades públicas o participadas en más de un 50 % por capital público, las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin finalidad lucrativa, las sociedades anónimas, los casos de cesión o concesión (por ejemplo, paradas en mercados municipales), y los establecimientos comerciales dedicados exclusivamente a la venta en línea, entre otras.

La concesión de las ayudas se realiza en régimen de concurrencia competitiva entre las personas o entidades solicitantes que cumplan todos los requisitos y presenten la documentación exigida hasta agotar el crédito disponible. La instrucción del expediente corresponde al Servicio de Normalització Lingüística, como servicio gestor, cuyo personal integrará la comisión de valoración de las solicitudes.

La normativa que establece la Acadèmia Valenciana de la Llengua

Las acciones subvencionables se tienen que haber realizado entre el 1 de julio de 2024 y el 31 de mayo de 2025, y una misma empresa solo puede presentar una única solicitud por una, por diversas o por todas las acciones que son subvencionables. Los textos en valenciano (tanto escritos como orales) han de cumplir la normativa que establece la Acadèmia Valenciana de la Llengua, y no se admitirán textos que se escriban igual en valenciano que en castellano o en los que la diferencia sea mínima.

Se puede subvencionar el 100 % del total de los gastos justificados hasta un máximo de 2.000 euros. Entre las acciones que pueden ser objetivo de subvención está la rotulación de los comercios, los anuncios en medios de comunicación, la publicidad impresa, la imagen corporativa o las páginas web y aplicaciones móviles.

El plazo para presentar las solicitudes y la documentación será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de València, BOP. Las solicitudes y la documentación requerida se dirigirán al Servicio de Normalització Lingüística y se presentarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, https://sede.valencia.es/sede/registro/procedimiento/ad.ay.10 y en los registros de entrada municipales.

Estas ayudas son compatibles con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad u objeto, procedentes de cualquier administración o entes privados o públicos, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Subir