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Aprobada la convocatoria de subvenciones para las entidades que organizan fiestas de carácter tradicional, singular o popular

Aprobada la convocatoria de subvenciones para las entidades que organizan fiestas de carácter tradicional, singular o popular
  • La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 53.541,96 euros

La Junta de Gobierno ha aprobado este viernes la convocatoria de ayudas para las asociaciones, federaciones y entidades sin ánimo de lucro organizadoras de fiestas de carácter tradicional, singular o popular. Se trata de una iniciativa que va dirigida a entidades que tengan una trayectoria acreditada en el fomento de actividades festivas locales o de barrio y con arraigo histórico, en el período comprendido desde el 1 de enero hasta el 30 de octubre de 2024.

El importe global destinado a atender las subvenciones supera los 53.500 euros (concretamente, 53.541,96 euros). Pueden concurrir a la convocatoria todas las asociaciones, federaciones y entidades sin ánimo de lucro que estén inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de València, y que acrediten en sus estatutos el fomento de actividades festivas locales o de barrio como uno de sus objetivos de actuación.

La delegada de Fiestas y Tradiciones, Mónica Gil, ha explicado que “el Ayuntamiento sigue reafirmando su compromiso con las tradiciones locales que enriquecen la vida de los barrios y pedanías de València”. “Hoy más que nunca es fundamental reconocer y apoyar aquellas fiestas que, generación tras generación, mantienen vivas nuestras señas de identidad”, ha afirmado.

“Con la aprobación de estas subvenciones de concurrencia competitiva –ha continuado Gil- queremos dar un impulso económico necesario para que estas celebraciones no solo perduren, sino que puedan seguir creciendo y enalteciendo nuestras costumbres”. “Estas fiestas son una parte esencial que nos define como valencianos, y desde el Ayuntamiento trabajamos para asegurar que sigan siendo un referente de celebración para todos”, ha concluido la concejala.

Cabalgatas, iluminación o pirotecnia

Las ayudas concedidas en la convocatoria serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualquier administración u organismo público o privado. Entre los gastos que se pueden subvencionar están los de sonido e iluminación, las manifestaciones pirotécnicas en el marco de la actividad festiva, actuaciones musicales, cabalgatas, alquiler de vestuario o la producción de exposiciones, físicas o de carácter virtual, entre otros.

Las solicitudes deberán tramitarse por la sede electrónica municipal y, además de la documentación de la entidad y de los pagos efectuados, será obligatorio aportar documentación gráfica o audiovisual acreditativa de la realización de la actividad (mínimo 5 documentos). El plazo de presentación de las solicitudes de subvención y de la documentación será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, BOP. El montante total disponible se distribuirá entre las entidades solicitantes de manera proporcional a la puntuación que obtengan en el proceso de valoración.

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