Sobre recalificaciones, Bisbal y otros impuestos...
El verano no lo paraliza todo y el Tribunal Supremo sigue generando noticias. Un compañero me alerta sobre una resolución que una vez más, nos va a tocar el bolsillo a los ciudadanos, de manera indirecta, que los dineros que no entren por un lado habrán de entrar por otro. El Supremo acaba de fallar en contra de las recalificaciones de terrenos realizadas durante el “boom” inmobiliario, según sentencia de 30 de mayo de 2014, esto supone que los ayuntamientos españoles habrán de reembolsar a los propietarios afectados, si estos lo reclaman judicialmente, una buena parte del IBI cobrado. El TSJ no revoca las recalificaciones hechas por los consistorios, sino el valor catastral por el cual tributarán; es decir, el solar pagará el IBI rústico siempre y cuando no haya sido desarrollado el proyecto urbanístico para el cual se designó. La resolución es válida para los juzgados de toda España, aunque cada comunidad autónoma y cada ayuntamiento tienen sus normativas urbanísticas, por ello se tendrá que estudiar cada caso, ya que la resolución no tiene implantacióninstantánea en todos los juzgados. Esta medida va a tener consecuencias jurídicas y financieras de gran envergadura en la recaudación municipal de muchísimos ayuntamientos españoles, entre ellos el de Alcora, en donde la recalificación fue la auténtica joya de la corona de la recaudación municipal y un filón importantísimo que durante años alimento las arcas municipales, llegando en ocasiones a suponer hasta un 90% de los ingresos de un ayuntamiento. Recordemos que estos terrenos recalificados como urbanos, llegan a tributar hasta cien veces más por IBI que cuando estaban calificados como rústicos, llegándose a dar el caso de propietarios que no pudiendo pagar los impuestos, ofrecían a los consistorios el pago en especie, con la donación de parte del solar. Esto en la mayoría de ocasiones, es rechazado por los consistorios, ya que así aumentarían la carga deudora y es justo lo contrario de lo que se supone. Esperemos pues cambios importantes en la recaudación de impuestostambién a nivel del estado central, ya que esta sentencia va a suponer cambios severos en el IRPF así como en el Impuesto de Sociedades y el de Transmisiones Patrimoniales, cuestiones de herencias por ejemplo.
Querríamos hacer un inciso y explicar la postura en cuanto a que quien suscribe este articulo no estuve de acuerdo con las condiciones de contratación del conocido cantante David Bisbal, temeroso no del éxito del artista algo fuera de toda duda, si no de las condiciones que dicha contratación encerraba. Sigo en el convencimiento mientras no me demuestren lo contrario que no era momento de invertir 50, 60, 70.000 euros?, o más, en una actuación en la que no todos los alcorinos han tenido el mismo trato, 30 euros aprox. por una entrada que muchísimos alcorinos no pudieron pagar.A mi entender, es un error imponer esteexpendio a los ciudadanos, porque insisto en que las ganancias que pudiera producir el evento, iban íntegramente al bolsillo de la empresa productora, que no al ayuntamiento de Alcora, sinceramente, las cosas se pueden hacer mejor pero a lo hecho, pecho, así que ahora esperaré ver el resumen del dispendio que ha supuesto a las arcas municipales de Alcora, la noche del pasado sábado 12 de julio de 2014, para poder desarrollar mejor y más detenidamente el tema.
Siguiendo con nuestra línea de trabajo, este grupo seguirá perseverando para que las condiciones de vida de los alcorinos puedan encontrar algún alivio, aun con las medidas que puedan parecer más livianas, por eso defenderemos la rebaja de impuestos que directamente gestiona el ayuntamiento de Alcora, y volveremos a introducir en el próximo debate plenario la MOCION para la rebaja del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, mal que le pese al portavoz socialista que en un ejercicio de ágil imaginación, se ve en la alcaldía y no desea medidas que le puedan suponer algún tipo de lastra.