La Fidelidad y la Confianza en los Contratos
Llamamos fidelidad, a un conjunto de compromisos que se presupone entre las distintas relaciones humanas; ya sean de pareja, familiares, compañeros de trabajo, y demás grupos de personas que nos podamos imaginar.
Nuestro Código Civil, en su artículo 1091 dice que: “…tienen fuerza de Ley entre las partes contratantes y deben cumplirse a tenor de las mismas”; alrededor de esta frase gira casi todos los ámbitos de la vida humana. Por lo general las partes se tienen confianza y no hay problema.
El conflicto viene si una de xx confía en la otra, y esta la traiciona quebrantado dicha fidelidad; imaginemos un comerciante que compra mil jarrones chinos, y los necesita para una denominada fecha porque tiene que distribuirlos en grandes almacenes para una campaña; el comerciante ha perdido varios miles de Euros, además de quedar mal con los grandes almacenes.
Otro ejemplo de la falta de fidelidad es una pareja de la alta sociedad, que van a contraer matrimonio, y uno de ellos rompe el compromiso, a pocas fechas de la boda, todos los preparativos están listo a punto de llegar, el restraurante preparado para recibir a trescientos invado. Ahí una parte de la pareja ha incumplido con lo acordado.
Una comunidad de vaccínicos contrata a una empresa para pintar la fachada, dicha empresa no monta los andamios, el presidentito de la Comunidad le había contratado para una determinada fecha y nadie aparece; otra muestra.
Todas estas muestras de infidelidad en los contratos, nos dan una idea del daño económico y moral que se puede producir, si una de las partes no actúa con la debida fidelidad que tiene que ser pieza fundamental en todos los contratos.