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El Ayuntamiento de Sant Joan abre un registro de personas alimentadoras de gatos comunitarios en el municipio

El Ayuntamiento de Sant Joan abre un registro de personas alimentadoras de gatos comunitarios en el municipio
  • En cumplimiento del Plan de Gestión de Colonias Felinas, los puntos de alimentación que no se registren antes del 30 de noviembre no serán autorizados

 

El Ayuntamiento de Sant Joan d'Alacant ha puesto en marcha un registro de personas alimentadoras de gatos comunitarios en este municipio. Con la reciente aprobación del Plan de Gestión de Colonias Felinas, la Concejalía de Sanidad, que dirige la edil Julia Parra, quiere asegurar que cada punto de alimentación y cada colonia felina se registran correctamente para garantizar una gestión eficaz y respetuosa.

Este registro se basa en dos normativas vigentes. Por un lado, la Ley de Protección, Bienestar y Tenencia de Animales de Compañía establece que “los ayuntamientos deberán elaborar un registro de las colonias felinas en el municipio, en el que se incluya el número de animales, su identificación, características, ubicación de las colonias, circunstancias especiales y toda la información necesaria para evaluar la situación y proponer mejoras”. Y, por otro lado, el Plan de Gestión de Colonias Felinas de Sant Joan d’Alacant establece que “cualquier persona puede solicitar la inclusión de un punto de alimentación en el registro. Para ello, será necesario rellenar un formulario en el que se recojan datos como el número de gatos atendidos, su estado y los datos de la persona responsable de su alimentación. Esta información complementará el censo anual y facilitará la adopción de medidas para la gestión y control de la población. El registro contará con todas las garantías y características de un registro oficial”.

En base a estas medias, el plazo de registro está abierto desde el 23 de octubre hasta el 30 de noviembre. En ese periodo se debe aportar el nombre de la persona interesada, su NIE/NIF, correo electrónico, número de teléfono y localización exacta de los puntos de alimentación para los que se solicita autorización. Hay dos maneras de registrarse, bien a través de la sede electrónica (en ‘Trámites’, apartado ‘Sanidad’), o bien en las oficinas municipales (Plaza de la Iglesia, 2 (Urbanismo – Medio Ambiente). Las personas alimentadoras podrán descargar el formulario en la web y traerlo ya cumplimentado.

Varios puntos, varias solicitudes

Hay varios aspectos importantes a tener en cuenta. El más destacado es que los puntos de alimentación que no se registren antes de la fecha límite (30 de noviembre) no podrán ser autorizados en 2024. Asimismo, si la persona alimenta en más de tres puntos, debe presentar más de una solicitud. En caso de que varias personas alimenten en un mismo punto, cada una deberá registrarse individualmente. Y una vez recibido el registro, se evaluarán las condiciones de cada punto de alimentación. Tras dicha evaluación, se notificará si se aprueba o rechaza la continuidad de la actividad de alimentación de los gatos comunitarios.

Para más información se puede llamar al teléfono 966 013 118 o enviar un mail a la dirección de correo electrónico salud.ambiental@santjoandalacant.es.

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