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El Pleno aprueba la modificación de las ordenanzas fiscales correspondientes a tres impuestos y dos tasas para 2025

El Pleno aprueba la modificación de las ordenanzas fiscales correspondientes a tres impuestos y dos tasas para 2025
  • Las más destacadas han sido la del servicio de recogida de residuos, la de servicios e instalaciones deportivas municipales, la del Impuesto de Bienes Inmuebles y la del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras

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El Pleno de la Corporación Municipal aprobó provisionalmente ayer jueves, en la sesión ordinaria de octubre, la modificación de seis ordenanzas fiscales reguladoras de tres impuestos, dos tasas y una general de gestión para 2025. En cuanto a los impuestos, han sido las ordenanzas del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), y la del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana; en cuanto a las tasas, la del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos y la referente a la utilización de los servicios e instalaciones deportivas y piscinas municipales. Además, también la ordenanza general de gestión, inspección y recaudación. Estos expedientes fueron presentados por el concejal de Hacienda, Toni Iborra.

La tasa por el servicio de recogida de residuos sólidos urbanos se ha modificado para adaptarla a la ley. Se trata de una obligación para todos los ayuntamientos, proveniente de una normativa europea, que viene a decir que la tasa por el servicio de recogida y transporte de residuos urbanos no puede ser deficitaria: los ayuntamientos tienen que recaudar con la tasa el 100 % del coste del servicio. Además, la tasa tiene que tender al pago por generación, lo cual quiere decir que se tienen que establecer medidas para que las personas que generan menos residuos o reciclan más paguen menos. En este sentido, la ordenanza recoge unos porcentajes de descuento en la cuota de la tasa (aplicables a partir de 2026) en función de las veces que la ciudadanía lleve residuos al Ecoparque o concierte con la SAG la recogida de muebles, trastos, etc., durante 2025. La ordenanza mantiene los beneficios fiscales actuales: reducción del 89 % de la cuota para personas jubiladas y pensionistas, con una pensión inferior al SMI.

Según el expediente, la ley española y la directiva europea tienen unos objetivos muy ambiciosos: la reducción de los residuos y el incremento del reciclaje, pero esto supondrá un incremento en el coste del servicio y, por lo tanto, se trata “de concienciar las personas, a través del bolsillo, que la reducción de residuos y el reciclaje es una tarea de todos”.

Con la nueva ordenanza, los estudios económicos que forman parte del expediente indican que por cada vivienda el recibo pasará de 52 a 111 €. Esto supondrá un aumento de la recaudación de 2,8 millones de euros.
Hasta ahora, los ayuntamientos decidían qué porcentaje del coste del servicio recaudaban con la tasa y qué parte pagaban con cargo al presupuesto municipal.

En cuanto a la tasa por la utilización de los servicios e instalaciones deportivas y piscinas municipales, las modificaciones son que se ha eliminado la doble tarifa para residentes y no residentes en el municipio (por sentencia judicial que indica que no se pueden aplicar precios diferentes a residentes y no residentes), se han reconfigurado las tarifas, a propuesta del departamento de Actividad Física, Salud y Deportes, y se han incluido exenciones en la tasa para deportistas de élite, personas en situación de riesgo de exclusión social y mujeres víctimas de violencia de género.

Estos cambios supondrán un aumento en la recaudación de 140 mil euros. Esta tasa no había sido revisada desde 2009, y con estas modificaciones se cubrirá el 12 % del coste del servicio.

La modificación de estas dos tasas se ha aprobado por mayoría con los votos favorables de PSOE y EU-Podem, y los votos en contra de PP, IP, Vox y Compromís.

Por otro lado, en cuanto a la modificación de la ordenanza del IBI, se ha dejado el tipo de gravamen aplicable a los bienes inmuebles urbanos, en el 0,4 % que es el mínimo que la ley permite en los ayuntamientos. Según los informes técnicos municipales, esto supondrá un descenso en los ingresos de     909.513 €. Con esta bajada, se pretende paliar el efecto del incremento de la tasa de recogida de residuos en la ciudadanía. Este punto fue aprobado por unanimidad.

Además, también fue aprobada una modificación de la ordenanza reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) para agilizar el procedimiento para la concesión de beneficios fiscales en el impuesto por construcción de VPO, por instalaciones y obras destinadas a la eliminación de vallas arquitectónicas y por instalación de placas solares. Al tratarse una modificación solo de cuestiones de gestión, no tiene ningún impacto financiero. Este expediente fue aprobado por mayoría con los votos favorables de PSOE, Compromís y EU-Podem; el voto en contra de IP; y la abstención de PP y Vox.

En cuanto al Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, la ordenanza se ha modificado para cambiar el sistema de gestión. Seguirá siendo de autoliquidación con carácter general, excepto en los casos que se haya enajenado un inmueble en un procedimiento ejecutivo municipal, que se gestionará el impuesto mediante liquidación. Los informes técnicos estiman una disminución de la recaudación de 22.308 € con esta modificación. Se ha aprobado por mayoría con los votos favorables de PSOE y EU-Podem, y los votos en contra de PP, IP, Vox y Compromís.

También se ha modificado la ordenanza fiscal general de gestión, inspección y recaudación con cambios normativos para simplificar los procedimientos de recaudación. Esta aprobación, que no tiene impacto financiero, salió adelante con los votos favorables de PSOE, EU-Podem y Compromís, y la abstención de PP, IP y Vox.

Se trata de aprobaciones provisionales, de forma que ahora los textos se expondrán al público durante 30 días para que aquellas personas interesadas puedan examinarlos y presentar las reclamaciones que estiman oportunas. Una vez concluido el plazo, y si no se presenta ninguna reclamación, se darán por aprobadas definitivamente y las ordenanzas empezarán a aplicarse el 1 de enero de 2025.

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