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El Ayuntamiento instará al Gobierno de España a mantener las oficinas del Registro Civil de Sagunto

El Ayuntamiento instará al Gobierno de España a mantener las oficinas del Registro Civil de Sagunto
  • La moción de Izquierda Unida, debido al cierre de oficinas por la entrada en vigor de forma completa de la ley, defiende que sea un servicio público, gratuito y que responda a la demanda social

El Ayuntamiento de Sagunto instará al Gobierno de España a mantener las oficinas del Registro Civil de Sagunto. Así lo decidió ayer de forma unánime el Pleno de la Corporación en la sesión ordinaria del mes de enero, debido a la moción de Izquierda Unida presentada por el portavoz del grupo municipal, Guillermo Sampedro.

Los acuerdos a los que el Pleno ha llegado con esta moción han sido que el Ayuntamiento de Sagunto defiende que el servicio de Registro Civil sea totalmente público y gratuito y que continúe siendo atendido como hasta el momento y que, en su defecto, lo preste personal de la Administración de Justicia. Además, también ha acordado instar al Gobierno del Estado Español a que adopte las medidas oportunas y realice las modificaciones normativas pertinentes para que se mantengan todas las oficinas principales y delegadas del Registro Civil existentes en la actualidad en las cabeceras de todos los partidos judiciales y en todos los Juzgados de Paz.

Estas exigencias surgen porque, según recoge la moción, el 30 de junio de 2020 entrará en vigor de forma completa la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil con las excepciones indicadas en la Disposición Final Décima. Uno de sus efectos más perniciosos para el servicio público y para la ciudadanía será el cierre masivo de miles de oficinas actuales del Registro Civil en las medianas y pequeñas poblaciones.

Frente a la situación actual de oficinas principales y delegadas en todos los partidos judiciales y juzgados de paz, que son más de 7.500, la Ley 20/2011 del Registro Civil solo contempla el mantenimiento de poco más de un centenar de oficinas, al especificar en el apartado 1 de su artículo 22 que en cada Comunidad Autónoma se ubicará al menos una Oficina General del Registro Civil y que el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas con competencias ejecutivas en la materia podrán crear en sus respectivos ámbitos territoriales, además, una Oficina General del Registro Civil por cada 500.000 habitantes. Excepcionalmente, por razón de la singular distribución de la población o por las características del territorio, se podrán crear otras tres Oficinas Generales en cada Comunidad Autónoma.

Esta situación conllevará a que los vecinos y vecinas de los municipios que se vean afectados por esta norma, se verán despojados de la atención directa en este servicio y estarán obligadas a hacer las gestiones por vía telemática, a pagar por los servicios de una gestoría o despacho de abogados/as, o bien a desplazarse a la oficina del Registro Civil de una ciudad alejada de su domicilio, siendo obviamente los sectores de población más vulnerables, como las personas mayores, con pocos recursos o con dificultades de movilidad y de acceso a las nuevas tecnologías, los más perjudicados. Una vez entre en vigor esta Ley supondrá una nueva discriminación hacia lo que se viene a denominar como “España Vaciada” y por tanto un impedimento más para fijar población en un territorio en donde la despoblación ya es uno de sus principales problemas.

En este aspecto, IU recuerda que la letra l) del artículo 11. “Derechos ante el Registro Civil”, recoge el derecho de todas las personas a acceder a los servicios del Registro Civil con garantía de los principios de accesibilidad universal y diseño. Por todo ello, se hace necesario que desde los poderes públicos locales se defienda un Registro Civil totalmente público y gratuito y el mantenimiento de todas las oficinas para hacer efectiva esta demanda social.

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