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La Audiencia Nacional desestima el recurso de Prosagunsa sobre el deslinde del llamado malecón de Menera

La Audiencia Nacional desestima el recurso de Prosagunsa sobre el deslinde del llamado malecón de Menera
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    La Audiencia Nacional desestima el recurso de Prosagunsa sobre el deslinde del llamado malecón de Menera - (foto 2)
    La Audiencia Nacional desestima el recurso de Prosagunsa sobre el deslinde del llamado malecón de Menera - (foto 3)

    Esta mañana se ha informado a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Sagunto y se dará cuenta al Pleno de la sentencia dictada por la Sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, por la que se desestima el recurso interpuesto por Promotora Saguntina S.A. (Prosagunsa) contra una resolución de la Ministra de Medio Ambiente de 30 de junio de 2014.

    En dicha resolución se aprobaba el deslinde que excluye del dominio público marítimo terrestre la finca registral nº 37.075, según el plano del jefe de la Demarcación de Costas de Valencia de enero de 2014, en cumplimiento de una sentencia civil.

    En el recurso presentado, y ahora desestimado, la citada empresa solicitaba la anulación de todas las determinaciones que supongan declaración de propiedad o fijación de linderos de la finca y anulación de las líneas que determinan poligonalmente los linderos norte, sur y este de la finca de Promotora Saguntina. En ese caso, la Audiencia Nacional no admite dicha pretensión al considerar que la sentencia de la Audiencia Provincial de 22 de diciembre de 2019 no establecía, como pretendía en autos Prosagunsa, los límites de ubicación concreta de su parcela, ya que ello deberá ser objeto de un nuevo procedimiento en la jurisdicción civil.

    De hecho, se puede concluir que se usó inadecuadamente el procedimiento administrativo de deslinde contenido en la Ley de Costas para en realidad determinar linderos y límites a la finca registral 37.075 cuando esto está reservado a la jurisdicción civil.

    Además, la Audiencia Nacional también rechaza la pretensión de Prosagunsa de eliminación de la línea verde que determina la zona marítimo terrestre, según Orden Ministerial de 6 de julio de 1950. En este caso, la Sala determina que se trata de una pretensión escasamente fundada y cuyo plazo de impugnación transcurrió ampliamente.

    Y ya por último, la Sala considera innecesario y lo rechaza de plano, la declaración de que los terrenos incluidos en las zonas de servidumbre de tránsito y de protección no son de dominio público marítimo-terrestre solicitada por Prosagunsa, ya que la Ley de Costas ya lo contempla, además de incidir en que son terrenos colindantes al mismo sujetos a las limitaciones previstas en dicha ley.

    El alcalde de Sagunto, Quico Fernández, ha recordado que frente a esta demanda de expropiación por parte de una empresa privada "nosotros evidentemente estamos defendiendo los derechos del Ayuntamiento desde la más pura legalidad" y ha manifestado que determinados "titulares sensacionalistas que no responden a la realidad no ayudan en absoluto, puesto que hay una sentencia que deniega el recurso de la propia empresa respecto del acto de delimitación".

    Fernández ha declarado que desde la demarcación de Costas, que depende del Ministerio de Medio Ambiente, se modificó la línea marítimo-terrestre y "nosotros hemos presentado un recurso ante la Audiencia Nacional que extenderá una sentencia inminente que esperamos que venga a determinar lo que dice la ley, que es que la delimitación del dominio marítimo-terrestre se tiene que justificar con datos que reconozcan el carácter físico y que no puede ser una sentencia civil de propiedad privada la que determine esta delimitación".

    El alcalde espera que esta sentencia sea favorable ya que entiende que la defensa está muy bien construida y por eso "pedimos más prudencia a la hora de transmitir informaciones que solo afectan a cuestiones puntuales sin mayor relevancia". También ha pedido prudencia a los grupos de la oposición ya que "estamos ante uno de los ataques más graves a los intereses municipales de las últimas décadas".

    Prosagunsa ha perdido hasta el momento todas las sentencias en las que ha sido parte el Ayuntamiento de Sagunto

    Por otra parte, cabe resaltar que Prosagunsa ya ha perdido todas las sentencias en relación a este asunto en las que ha sido parte el Ayuntamiento de Sagunto, como la del Tribunal Superior de Justicia de 2015, confirmada por el Tribunal Supremo en 2017, que desestimó su petición de expropiación a la Autoridad Portuaria de Valencia. En 2014 la Audiencia Provincial de Valencia desestimó la solicitud de Prosagunsa para que los órganos judiciales declarasen que el Ayuntamiento de Sagunto estaba ocupando bienes de su propiedad y que procediese a su entrega a la mercantil.

    También perdió la sentencia en 2017 que confirmó la medida cautelar acordada por el Ayuntamiento de Sagunto de retirada del vallado de plástico que impedía el tráfico rodado y el acceso al mar por la carretera que discurre por el malecón por existir graves discrepancias respecto a su titularidad.

    En relación a la noticia publicada recientemente, hay que aclarar que se trata de un procedimiento en el que aún tiene que dictarse sentencia y que solo se refería a la pieza separada de adopción de medida cautelar solicitada por el ayuntamiento, por lo que la decisión sobre el fondo aún no se conoce.

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