La Sindicatura de Greuges insta a comprobar la insonorización de varios casales
Este organismo también recomienda a ambos consistorios que efectúen "un seguimiento estricto de la actividad de estos locales con el objeto de verificar que no se incumple la legislación en materia de contaminación acústica" y, en caso de incumplimiento, abran "los expedientes sancionadores correspondientes".
Estas resoluciones, firmadas por la síndica de Greuges, Emilia Caballero, se derivan de dos quejas interpuestas por vecinos de estos municipios, quienes han denunciado las "graves" y "continuas" molestias por ruidos que producen los casales ubicados en las proximidades de sus residencias.
El Ayuntamiento de Meliana ha señalado que existen diligencias previas informativas por la posible vulneración de la legislación valenciana en materia de contaminación acústica y que se ha comprobado que el local cuenta con medidas de acondicionamiento acústico.
Además, ha indicado que se realizó una medición sonométrica en la que no quedó acreditada la superación de los niveles máximos de emisión acústica permitidos, aunque este informe "no parece del todo concluyente".
Por su parte, el Ayuntamiento de Carcaixent ha afirmado que durante los años 2007 y 2008 la Policía Local se personó en diversas ocasiones en el casal por ruidos, y ha destacado que la falla se ha comprometido a realizar las actuaciones necesarias para evitar las molestias.
En ambos casos, la Sindicatura considera que queda acreditado que "al menos durante varios años se han reiterado con cierta frecuencia denuncias vecinales relacionadas con la actividad molesta" del local y que la intervención municipal se ha limitado a "actuaciones aisladas de la Policía Local, de forma puntual".
En este sentido, cree necesario "garantizar que el local esté debidamente insonorizado" y asegura que deberán iniciarse "los expedientes sancionadores correspondientes si los usuarios del local incumplen los parámetros acústicos establecidos en la legislación valenciana".
La Sindicatura recuerda que los problemas de contaminación acústica afectan "a derechos fundamentales del máximo rango constitucional tales como la inviolabilidad del domicilio, el derecho a la salud, al medio ambiente adecuado y a la vivienda digna".
Por ello, recomienda que, previa comprobación de las condiciones de insonorización del local, cada ayuntamiento acuerde "la adopción de las medidas cautelares necesarias para impedir los usos acústicamente insostenibles", e imponga "las medidas correctoras de insonorización necesarias".
Además, les recomienda que efectúen "un seguimiento estricto de la actividad con el objeto de verificar que no incumple la legislación en materia de contaminación acústica" y, en caso de incumplimiento, abran "los expedientes sancionadores correspondientes".