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El Consell organiza de urgencia el personal público para dar respuesta a la DANA

  • Se facilita la prolongación voluntaria de la permanencia en el servicio activo para seguir contando con profesionales que aporten conocimiento y experiencia para afrontar las tareas de reconstrucción

El Consell ha aprobado un decreto ley de medidas extraordinarias de gestión, organización y movilidad del personal empleado público para dar una respuesta inmediata a las necesidades existentes en la prestación de servicios públicos a los municipios afectados por la DANA.

A través de este decreto ley, se pretende reforzar áreas clave de la Administración con actuaciones de carácter urgente que permitan gestionar tanto la emergencia inmediata como las posteriores fases de recuperación y vuelta a la normalidad. Para ello, las medidas se extenderán provisionalmente durante el tiempo que sea necesario para alcanzar la normalización de la prestación de los servicios públicos en los municipios afectados.

Como primera medida, se plantea la agilización y acortamiento de los plazos para facilitar la prolongación voluntaria de la permanencia en el servicio activo del personal empleado público que opte por no jubilarse llegada la fecha de cumplimiento de la edad de jubilación forzosa. De ese modo se promueve la posibilidad de seguir contando con profesionales que aporten su conocimiento y experiencia para afrontar las tareas de reconstrucción.

Selección del personal temporal

Como segunda medida se establece un procedimiento de gestión de selección de personal temporal a través de las bolsas constituidas en todos los sectores de la Generalitat, sus entidades y organismos dependientes que incluya también el sanitario, el educativo y el de justicia, y que establezca la posibilidad de acudir, en su caso, a las personas demandantes de empleo inscritas en Labora.

Con ello se pretende garantizar la selección y reclutamiento rápidos del personal temporal adecuado que se requiera en cada momento para atender al incremento del volumen de trabajo.

La tercera medida permite asignar temporalmente al personal empleado público tareas o responsabilidades distintas a las correspondientes a los puestos de trabajo que desempeñan habitualmente o realizar adscripciones temporales con un procedimiento más ágil que el actual, que tendrá en cuenta preferentemente la voluntariedad y sobre el que se dará cuenta a las organizaciones sindicales correspondientes.

Por otro lado, y con carácter excepcional, se podrán establecer horarios de mañana o de tarde para el personal empleado público mediante la organización de los turnos que se consideren necesarios.

Habilitación para adecuar programas de carácter temporal

Asimismo, ante esta situación excepcional, y en virtud del Real Decreto Ley 7/2024, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la DANA, se considera esencial optimizar los recursos humanos y técnicos de los que dispone la Administración de la Generalitat para dar respuesta a las necesidades generadas por la DANA.

La norma estatal permite una ampliación de medidas de carácter temporal cuando están vinculadas a la gestión de emergencias, y proporciona una base para adaptar las actuaciones de la Administración autonómica en el contexto de crisis.

En este marco aprobado por el Estado, se considera necesario habilitar a los órganos competentes para adecuar los programas de carácter temporal vigentes, de manera que puedan contemplar actuaciones específicas orientadas a la atención de las necesidades derivadas de la emergencia y la gestión de los daños causados.

Esta adaptación permitirá que estos programas no solo respondan a los objetivos para los que fueron creados sino que, excepcionalmente, puedan colaborar en el proceso de apoyo y recuperación ante la emergencia provocada por la DANA.

La norma estatal también establece que la duración de los programas de carácter temporal podrá ampliarse, en caso de que las necesidades de la emergencia y recuperación así lo requieran. El decreto ley subraya así que esta ampliación temporal permite garantizar la estabilidad y continuidad de los recursos asignados a la gestión de la DANA, así como facilitar una respuesta que abarque todas las etapas de la recuperación.

Además, el decreto ley establece que será de aplicación la excepcionalidad prevista en el Real Decreto Ley 7/2024 para el personal funcionario interino nombrado en puesto vacante a partir del 8 de julio de 2021 con funciones destinadas a la atención a las necesidades derivadas de la emergencia de protección civil y la respuesta ante los daños causados por la DANA en la Comunitat. El citado real decreto establece que se podrá diferir el cese del personal funcionario interino hasta un máximo de dos años siempre que desempeñe estas funciones.

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