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Las ayudas DANA de la Seguridad Social cumplen un mes en vigor y han protegido a más de 85.000 personas en Valencia

ELPERIODIC.COM - 05/12/2024

El cese de actividad extraordinario, que no exige periodo previo de cotización y no computa de cara al futuro, tanto en su modalidad total como parcial, han sido concedidos a 4.100 autónomos de la zona

Se han registrado 4.564 bajas médicas extraordinarias ocasionadas por daños físicos o psicológicos por la DANA. El 93% corresponde a trabajadores por cuenta ajena y el 7% a trabajadores autónomos

Por otro lado, se han aprobado 996 solicitudes de IMV por pobreza sobrevenida. Y casi 11.000 personas han recibido una revalorización del 15% de sus pensiones no contributivas

Hace un mes, el Gobierno de España desplegó el primero de tres reales decretos con ayudas a las zonas afectadas por la DANA, por valor de 16.600 millones de euros. Muchas de estas medidas, gestionadas por la Seguridad Social, estaban dirigidas a paliar el impacto en la vida laboral y cotidiana de autónomos, empresas, trabajadores y hogares vulnerables. Hoy, más de 85.000 personas se han beneficiado del cese de actividad extraordinario para autónomos, los ERTE por fuerza mayor, las Incapacidades Extraordinarias por la DANA o las revalorizaciones del Ingreso Mínimo Vital y las pensiones mínimas.

En el último real decreto, aprobado el pasado 28 de noviembre en Consejo de Ministros, establecía que las ayudas Dana no computaran como ingresos a efectos de solicitar otras prestaciones en el futuro, para evitar que las ayudas por daños de la DANA puedan suponer un impedimento para el reconocimiento de otros derechos, como las pensiones no contributivas, los complementos a mínimos, las prestaciones familiares o el Ingreso Mínimo Vital. “No queremos que la solicitud de esta ayuda necesaria sea una preocupación extra para quienes la necesitan”, ha dicho la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.

A continuación, se resumen las principales medidas puestas en marcha y cómo solicitarlas, una información que también se encuentra en la página web del Ministerio: https://www.inclusion.gob.es/info-dana

Incapacidad Temporal Extraordinaria DANA

El Gobierno ha creado una incapacidad temporal extraordinaria para las personas que se hayan visto física o psicológicamente dañadas por la DANA. Se ha asimilado a las derivadas de accidente de trabajo, lo que garantiza desde el primer día el 75% del salario. Además, en estas bajas laborales no se exige periodo mínimo de cotización.

Hasta el momento, se han registrado 4.564 bajas médicas extraordinarias.

Los partes de baja laboral se comunican por parte de los facultativos médicos de los Servicios Públicos de Salud (médico de atención primaria) y hemos ampliado el plazo de solicitud hasta el 31 de diciembre.

Las pensiones por incapacidad permanente, viudedad y orfandad causadas por la DANA también se asimilarán a accidentes de trabajo y, por tanto, verán aumentadas su cuantía y mejoradas sus condiciones al calcularse en base a los ingresos totales del último. Para pensionistas de Seguridad Social y de Clases Pasivas.

Subidas en el IMV, Ayuda a la Infancia y prestaciones no contributivas

En la nómina de noviembre, las casi 45.000 personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital y las casi 11.000 de pensiones no contributivas de los municipios gravemente afectados por la DANA ya han visto incrementada un 15% su prestación.

Además, el complemento de ayuda a la infancia ha subido un 30% en los hogares de la zona afectada que lo perciben, unos 10.350. El aumento de las prestaciones se ha llevado a cabo de oficio, sin que los beneficiarios tuvieran que hacer ningún trámite. Esta medida se va a mantener, al menos, tres meses.

También se ha facilitado la solicitud del IMV, que ya han visto concedidas 996 familias. En este sentido, se va a poder solicitar desde el 1 de enero el IMV por pobreza sobrevenida (en situaciones normales no se podría hasta abril) y se tendrán en cuenta los ingresos de los tres meses anteriores.

Cese de actividad extraordinario para autónomos afectados

La prestación por cese de actividad para los autónomos cuyos negocios se han visto afectados directamente por la DANA ofrece una protección mejorada a estos trabajadores por cuenta propia, con el objetivo de facilitar una reincorporación gradual a la actividad cuando sea posible. Por el momento, se ha concedido a 4.134 autónomos y autónomas, que conlleva la exoneración de las cuotas a la Seguridad Social.

Los autónomos afectados pueden acceder a esta prestación, del 70% de su base de cotización, incluso si no cumplen con el periodo mínimo de carencia (habitualmente 12 meses). Además, ese tiempo les va a contar como cotizado a efectos de pensión, pero no de cara a futuros cese de actividad, por ejemplo (lo que se conoce como “contador a cero”).

También se ha contemplado una modalidad parcial para los trabajadores autónomos que no han tenido que cerrar su negocio, pero sí han visto muy afectada su actividad. Estos trabajadores podrán compatibilizar esta prestación, equivalente al 50% de su base de cotización, con su actividad laboral. Como novedad, también podrán acceder aquellos autónomos que estuvieran acogidos a la “tarifa plana”.

Medidas para proteger el tejido productivo

Gracias al escudo social aprobado, las empresas afectadas directa o indirectamente por la DANA pueden acogerse al ERTE por Fuerza Mayor ampliado, estén o no situadas en los municipios afectados. En esta situación están en este momento 2.882 empresas y 30.417 trabajadores en ERTE, según los datos facilitados por la Consejería Educación, Cultura, Universidades y Empleo de la Comunidad Valenciana y remitidos al Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Cuando una empresa tiene a sus trabajadores en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo de estas características se beneficia de una exoneración de la cotización de los trabajadores del 100% y no del 90% como en los casos ordinarios de fuerza mayor. Es decir, estas empresas no tienen que pagar las cotizaciones de la Seguridad Social de sus trabajadores durante el tiempo que se mantenga el ERTE. Asimismo, para los trabajadores incluidos en el ERTE este tiempo va a contar como cotizado a efectos de futuras prestaciones.

Para proteger el tejido productivo, se darán facilidades en los pagos a la Seguridad Social, con la suspensión y/ampliación de plazos, así como en la solicitud de bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social. Para las empresas que continúen su actividad, la posibilidad de solicitar aplazamientos durante los próximos cuatro meses a un tipo de interés muy reducido del 0,5% o moratorias a un año a interés 0 del pago de cotizaciones sociales.

Planes de pensiones

Por otro lado, entre las medidas aprobadas se incluye que los titulares de planes de pensiones afectados por la DANA pueden retirar sus fondos de forma inmediata hasta un máximo de 10.800 euros, con el objetivo de que puedan disponer de liquidez. Esto se extiende a partícipes de planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y mutualidades de previsión social.