La Audiencia Provincial de Valencia respalda a la jueza del accidente de Metro y da por concluida la instrucción de la causa
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha denegado la práctica de una nueva pericial sobre el accidente de Metro registrado en Valencia el 3 de julio de 2006. En un auto contra el que no cabe recurso, la Sala confirma la decisión de la jueza instructora, desestima la apelación del Ministerio Fiscal y da por concluida la instrucción de la causa.
Los magistrados recuerdan que ya se pronunciaron sobre una petición de la Fiscalía "de idéntico contenido" en un auto anterior fechado el 16 de febrero de 2018, en el que revocaron el sobreseimiento de las diligencias. El Tribunal no apreció entonces razones que justificaran la repetición de las periciales practicadas hasta el momento, pues "no se advertía la deficiencia técnica de las mismas, independientemente de la fiabilidad de las pericias y su evaluación tras la presentación como elemento probatorio en el eventual juicio que pudiera celebrarse".
La Sala sostenía en esa resolución que no podía "mantenerse innecesariamente abierta la investigación cuando se aportaban en las periciales practicadas criterios técnicos que podrían ser complementados o contradichos en el juicio oral, si llegara a celebrarse".
La Audiencia rechazó por ese motivo la designación de dos peritos de la Agencia Ferroviaria de la Unión Europea para que emitieran un nuevo informe, pues los extremos sobre los que deberían pronunciarse ya habían sido "objeto de profunda y extensa investigación a través de las diligencias periciales, testificales y documentales practicadas".
Los magistrados vuelven ahora a denegar la práctica de una nueva pericial porque tras la reapertura del proceso no se han aportado "datos que modifiquen los presupuestos fácticos" por los que ya la desestimaron en febrero pasado.
Del mismo modo, la Sala considera "agotado el plazo de instrucción" el 2 de julio de este año, tal y como acordó la titular del Juzgado de Instrucción 21 de Valencia, al no haberse solicitado su prórroga, un requisito indispensable para "dar cobertura a un eventual acuerdo que considerara pertinente" la práctica de nuevas diligencias.