Primera cita electoral: 186.871 valencianos pueden votar por primera vez en las municipales
En las elecciones municipales de 2019, estos jóvenes eran todavía adolescentes
El próximo 28 de mayo, con las elecciones municipales y autonómicas, los valencianos tienen una cita en la urna. De hecho, 3.606.314 ciudadanos que residen en la Comunitat Valenciana están llamados a las urnas. A ellos hay que sumar 125.644 valencianos que viven en el extranjero y 73.978 extranjeros residentes en la región que pueden ejercer su derecho al voto.
Pero hay un grupo que podrán votar por primera vez. Y es que en las últimas elecciones municipales, que se realizaron el 26 de mayo de 2019, todavía eran unos adolescentes.
Así, 186.871 jóvenes de la Comunitat Valenciana podrán ejercer su derecho al voto por primera vez en las elecciones municipales.
De ellos, 66.933 son jóvenes de Alicante, 21.395 son de Castellón y 98.543 de la provincia de Valencia.
De ellos, 20.641 ya pudieron votar en las elecciones generales de 2019, que se celebraron el 10 de noviembre, al haber cumplido los 18 años entre ambas convocatorias electorales.
Con su primera vez, se plantean muchas dudas y estas son las respuestas que dan desde el Palacio de La Moncloa:
¿A qué hora abren los colegios electorales?
Las urnas abrirán el domingo 28 de mayo desde las 09:00 hasta las 20:00
¿Cuáles son los plazos del voto por correo?
El voto por correo se puede solicitar desde el día 4 de abril hasta el 18 de mayo.
¿Cómo votar por correo?
Deberás recoger el impreso de solicitud en las oficinas de Correos, donde estará disponible desde el 4 de abril.
También puedes presentar vía web la solicitud de voto por correo, sin necesidad de acudir presencialmente a una oficina de Correos. Para ello tendrás que autentificarte con el DNI electrónico o un certificado digital válido.
En el impreso indicarás la dirección postal a la que quieres que se envíe la documentación electoral (puede ser tu domicilio, tu lugar de trabajo o un apartado postal)
La Oficina del Censo Electoral te enviará a la dirección indicada la siguiente documentación:
- Una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presenten a cada uno de los procesos convocados.
- Un sobre de votación para cada proceso
- El certificado de inscripción en el censo.
- Un sobre con la información de tu mesa electoral.
- Una hoja explicativa.
Una vez que hayas recibido la documentación, elige la papeleta de votación para cada proceso en el que vayas a votar e introdúcela en el sobre de votación correspondiente (o no incluyas papeleta si decides votar en blanco).
Introduce el sobre o los sobres de votación y el certificado de inscripción en el censo dentro del sobre en el que está escrita la dirección de su mesa electoral.
No introduzcas ningún documento acreditativo de tu identidad dentro del sobre de votación, porque en este caso tu voto sería considerado nulo por la mesa.
Lleva este sobre a una oficina de Correos y envíalo por correo certificado en todo caso antes del tercer día previo al de la celebración de las elecciones. El envío es gratuito. En la oficina es necesario presentar el DNI en vigor original.
El día de las elecciones, Correos enviará todos los sobres que contienen los votos por correo a las mesas electorales desde las 9 de la mañana y hasta las 8 de la tarde.
Terminada la votación y antes de realizar el escrutinio, la mesa introducirá los sobres de voto recibidos por correo en la urna.
¿Puedo cambiar de opinión y votar de forma presencial?
No. Si solicitas votar por correo, y tu solicitud es aceptada, no podrás votar de manera presencial en tu mesa electoral el día de las elecciones.
¿Cómo solicito el voto por correo si estoy de forma temporal o de vacaciones en el extranjero?
Si estás temporalmente o de vacaciones en el extranjero y deseas ejercer tu derecho de sufragio tienes que:
- Cumplimentar y presentar el impreso personalmente en el consulado o embajada antes del 29 de abril. Puedes encontrarlo en el consulado o embajada del país donde te encuentres, o descargártelo en las webs indicadas para ello.
- Para poder formular la solicitud deberás estar inscrito en el registro de matrícula consular del país donde te encuentres como no residente.
Ambos trámites (solicitud e inscripción) pueden realizarse en el mismo acto.