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Veinte años de cárcel para tres hermanos que mataron a un hombre en las Brevas de Castellón

Veinte años de cárcel para tres hermanos que mataron a un hombre en las Brevas de Castellón
  • El jurado popular ha absuelto a otros dos hermanos por el asesinato de Ramón Fernández Gabarri en febrero de 2020

La Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a sendas penas de 20 años de prisión por un delito de asesinato a tres hermanos que mataron a un hombre a golpes y navajazos en el barrio de Casas de la Breva, el 29 de febrero de 2020. Un jurado popular emitió veredicto de culpabilidad el pasado 16 de febrero respecto de los tres penados, mientras que consideró no culpables a otros dos hermanos, para los que la sentencia es consiguientemente absolutoria.

A uno de los condenados el Tribunal le impone además otra pena de cárcel, de tres años y ocho meses, por un delito de lesiones, ya que cortó en la mano a la madre del fallecido cuando trató de defenderle de la agresión.

Los tres hermanos condenados deberán indemnizar con 65.000 euros a la progenitora y con 75.000 euros a la hija de la víctima. También tendrán que pagar, igualmente por daños morales, 35.000 euros a cada uno de los dos hermanos del difunto. Finalmente, el condenado por la agresión a la madre del fallecido habrá también de resarcirla con 14.000 euros por las lesiones sufridas.

Los hechos ocurrieron en la noche del 29 de febrero al 1 de marzo de 2020, cuando la víctima fue junto a su madre, su hermana y su novia hasta una finca del barrio de la Casa de las Brevas donde otro familiar había discutido horas antes con uno de los hermanos condenados.

Según el relato de hechos probados que recoge la resolución judicial, los tres penados le atacaron por sorpresa en cuanto bajó del coche, con un bate de béisbol, palos y navajas. La víctima, que murió en el hospital poco después de la agresión, se intentó defender con un candado tipo pitón, pero uno de los hermanos se lo arrebató y también le agredió con él.

En un momento de la pelea, la madre de la víctima se interpuso ante los atacantes para proteger a su hijo, momento en que uno de los agresores le provocó un corte en la mano derecha y le rompió un dedo, tal y como consideró acreditado el Jurado Popular.

El magistrado que presidió el Tribunal del Jurado ha acordado también deducir testimonio respecto de una testigo que declaró en el juicio, al entender que pudo cometer un delito de falso testimonio por presentarse como testigo presencial y dar una versión coincidente con la de los condenados cuando no estaba en el lugar de los hechos.

La sentencia no es firme y se puede recurrir ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

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