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Por Mariano Castejón
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La caza en parany es selectiva

    Desde el Partido Popular, y una vez dada a conocer la nueva Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres, nos ratificamos en todos y cada uno de nuestros argumentos que nos llevaron a presentar la proposición de ley de modificación de la ley de Caza de la Comunitat Valenciana, cuyo primer objetivo era introducir el reconocimiento expreso al método del parany como una modalidad de caza tradicional valenciana. En la defensa de la proposición de ley ya expusimos los argumentos que refuerzan el texto presentado y que contiene determinaciones suficientes y adecuadas para que la práctica regulada y controlada del método tradicional de caza se efectúe incorporando las mejoras que ofrece el desarrollo científico y técnico, y por ello seguimos manifestando .que con la aplicación de la nueva propuesta de regulación es posible la conciliación de la caza con parany con el pleno respeto a la normativa europea..

    La reciente modificación de la directiva europea de aves, para nada supone un cambio y mantiene las mismas condiciones previstas en la directiva del año 79, para una regulación en base a la aplicación de las excepciones  a los artículos 5 al 8 recogidas en el Art. 9.1 letra. C, y por tanto se siguen cumpliendo  tanto para las especies, que se enumeran en el anexo II, como para el cumplimiento de las "pequeñas cantidades", como para el uso de un método selectivo (sustancia artificial), como para un protocolo de reglamento o normativa para  indicar las capturas diarias y anuales, y por el rígido control que puede ser ejercido.

    Las excepciones, a las que nos acogemos para la legalización del parany, están recogidas en la misma directiva y bien reguladas en todos los apartados del art.9 puntos 2 al 4.

    Por tanto la proposición de ley aprobada en les Corts el pasado 14 de octubre por los grupos parlamentarios del PP, PSOE y los dos diputados del BLOC. prevé  las garantías adecuadas para que la práctica del parany tenga siempre carácter selectivo, limitado y prudente y sea siempre compatible con el conjunto del ordenamiento jurídico y con las necesidades de protección del medio ambiente y conservación de las especies..

    Desde la misma asociación APAVAL se ha solicitado a la presidencia del estado que se les deje demostrar que la  nueva Ley de Caza aprobada en las Corts es perfectamente  constitucional y que cumple con la Ley del Patrimonio Natural y de la  Biodiversidad, que transpone los preceptos de la Directiva Aves. Los estudios científicos realizados en los últimos años de forma continuada y rigurosa por el IMPCF "Institut Méditerranéen du Patrimoine Cynégétique et Faunistique" cuyo director científico es el Dr. J.-C. Ricci,   han confirmado la selectividad de la caza del parany.

    Las conclusiones de los estudios realizados en los paranys científicos autorizados en las últimas campañas determinan que la captura en parany es selectiva porque el uso del nuevo sistema de pegamento artificial (QX-08 y anti QX-08) permite limpiar perfectamente cualquier otra especie prohibida y de dejarla libre en perfectas condiciones de salud y capacidad de vuelo disipando así las dudas sobre las posibilidades de supervivencia. Además  de ser una caza en pequeñas cantidades, las capturas tienen lugar mediante una actividad rígidamente controlada y todos los individuos capturados que pertenezcan a especies protegidas son cuidadosamente limpiados y liberados para su incorporación al medio natural en el mismo lugar de captura.

    Las conclusiones aportadas son determinantes y resultan las principales razones que legitiman la aprobación de la ley de la Comunidad Valenciana, que es respetuosa con las disposiciones, tanto estatales como europeas, y que deben permitir  al Gobierno de Madrid apoyarla, en el espíritu de defensa de las tradiciones y costumbres de cada una de las autonomías singulares de España; para la defensa del ruralismo y  en el respeto de la salvaguarda de la biodiversidad de las especies silvestres.

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