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Los “influencers” no podrán anunciar alimentos no saludables a menores de 16 años

Los “influencers” no podrán anunciar alimentos no saludables a menores de 16 años
  • Esta restricción promovida por el Ministerio de Consumo supone un gran avance para reducir las tasas de obesidad y mejorar la salud infantil

El Real Decreto que regulará la publicidad de alimentos y bebidas dirigida a menores es una victoria para los más pequeños. Además, la medida más novedosa es la de dar cerco al mundo “influencer”: las cuentas con más seguidores no podrán ofrecer publicidad sobre alimentos no saludables a menores de 16 años. Allí donde no pueden llegar las familias, llega ahora la ley.

El uso de “influencers” y famosos para promover el consumo de determinados productos que contribuyen a extender el sobrepeso entre los menores era una práctica habitual hasta la fecha. En este sentido, el sobrepeso afecta a cerca del 40 % de la población infantil y es el origen de patologías que se desarrollan en la edad adulta como la diabetes u otras cardiopatías.  Ahora, gracias a esta iniciativa buscada por el Ministerio de Consumo, se reducen las posibilidades de ganar dinero al publicitar alimentos perjudiciales para la salud infantil.

Además, el nuevo Real Decreto establece la prohibición de publicidad en televisión de 08h a 09h y de 17h a 20h, de lunes a viernes; y de 09h a 12h en festivos. Así, pasan a la historia anuncios de bollería, galletas, zumos u otro tipo de alimentos que han formado parte de la convivencia del día a día y que han condicionado el consumo de las familias durante décadas.

La OCU, satisfecha con la medida

La Oficina de Consumidores y Usuarios (OCU) ha luchado por alcanzar este tipo de normas, que ya recogía en su campaña No al empacho de anuncios. Según su reciente estudio, nueve de cada diez anuncios dirigidos a niños eran de alimentos no saludables. Por ello, ha valorado positivamente el borrador que tiene como objetivo reforzar la protección de los menores de 16 años, los más susceptibles al recibir prácticas comerciales.  

OCU celebra también que el parámetro que se ha establecido para calificar un alimento como  “no saludable” sea el del perfil nutricional que marca la OMS, todavía más exigente que el de otros indicadores.

No obstante, su deseo es el de ampliar las restricciones horarias más allá de las establecidas. Aunque las restricciones afecten a revistas infantiles y juveniles, prensa escrita con secciones específicas, salas de cine con películas aptas para todos los públicos, páginas web y canales infantiles, la televisión es el medio masivo que atrae el consumo mediático de los más pequeños.

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