elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

La Generalitat publica las ayudas al alquiler para el 2020

La Generalitat publica las ayudas al alquiler para el 2020

    La Generalitat Valenciana ha publicado las ayudas al alquiler para este año 2020, que podrán presentarse desde hoy mismo hasta el 31 de marzo.

    El objetivo del programa de ayudas es favorecer el acceso a la vivienda en régimen de alquiler y facilitar el primer acceso a los jóvenes.

    Las dos líneas de subvención del programa son la línea de alquiler joven, que la pueden solicitar los titulares del contrato de arrendamiento menores de 35 años, y podrá alcanzar un 50% de la renta del alquiler. Por otro lado, la línea de alquiler genérico, que no tiene requisitos de edad, podrá alcanzar hasta el 40% del alquiler con un máximo de 2.880 euros anuales y hasta un 50% si todos los miembros de la unidad de convivencia tienen más de 65 años, con un máximo de 3.600 euros anuales.

    Pueden acceder a estas ayudas las personas con un contrato de alquiler que cumplan el límite de precio establecido por municipio, en el caso de Godella un máximo de 480 euros mensuales. También deberán cumplir con las condiciones de ingresos de la unidad de convivencia, que deberán ser iguales o inferiores a 3 veces el IPREM y de forma excepcional, como familias numerosas o personas con diversidad funcional los ingresos pueden ser de 4 ó 5 veces el IPREM.

    Serán grupos prioritarios los afectados por desahucio, familias monoparentales o numerosas, mujeres víctimas de violencia de género o en riesgo de excusión social, personas con diversidad funcional o trastorno mental grave, entre otros.

    En esta convocatoria se subvencionan los recibos desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2020, y será requisito obligatorio especificar la línea de subvención.

    La tramitación de la ayudas puede formalizarse de forma telemática en www.habitatge.gva.es hasta el 31 de marzo, mediante certificado digital o solicitando cita previa en el PROP.

    El formulario de solicitud tendrá que ir acompañado de la acreditación de empadronamiento, contrato de arrendamiento de la vivienda de duración mínima de un año, así como recibos bancarios que acrediten el pago del alquiler desde el 1 de enero hasta la solicitud entre otros documentos.

    Subir