El Gobierno aprueba hoy el primer bloque de la reforma de las pensiones
Este nuevo proyecto de ley incluirá incentivos para el retraso de la jubilación de forma voluntaria
El Gobierno quiere aprobar hoy en el Consejo de Ministros las primeras medidas para la reforma del sistema público de pensiones a través de un proyecto de ley que será mandado al congreso para su tramitación parlamentaria.
Esta nueva normativa suprimiría varios puntos polémicos que se instauraron en la reforma aprobada por el Gobierno cuando estaba dirigido por Mariano Rajoy en 2013 como la limitación de la subida anual a un 0,25% en situaciones de déficit del índice de revalorización de las pensiones y un nuevo mecanismo de equidad intergeneracional que reemplazará el factor de sostenibilidad.
Este nuevo proyecto de ley incluirá incentivos para el retraso de la jubilación de forma voluntaria y hace un repaso del modelo de jubilaciones anticipadas para aproximar la edad efectiva de jubilación a la edad legal.
Estas medidas ya fueron aprobadas como un anteproyecto de ley el pasado 6 de julio en el Consejo de Ministros. Actualmente, se espera que tras el parón estival, el primer Consejo de Ministros apruebe estas medidas como proyecto de ley.
El Gobierno negociará el factor de equidad intergeneracional con los agentes sociales con un plazo máximo de negociación para el 15 de noviembre. Tras el acuerdo, se incluiría en el proyecto de ley a través del apoyo de los grupos que respaldan al Ejecutivo.
Entre las medidas para retrasar la edad de jubilación, se encuentra que en el caso de que se pida la jubilación anticipada voluntariamente, los coeficientes reductores de la pensión pasarían a ser mensuales y solo en el caso de las pensiones máximas se producirían períodos transitorios de aplicación de dichos coeficientes, que sería más bajos que los actuales si se retrasa el anticipo de jubilación dos meses.
Estos coeficientes se aplicarían sobre la cuantía de la pensión y si esta supera el límite establecido, los coeficientes reductores se aplicarían de manera gradual a partir del 1 de enero de 2024 y en un plazo de diez años.
Además, los dos años anteriores a la jubilación ordinaria se aplicarán los mismos coeficientes de la modalidad voluntaria a la involuntaria, siempre que el nuevo coeficiente sea más favorable que el que había hasta ahora.
En cuento a las jubilaciones anticipadas por razón de actividad, el proceso de solicitud se modifica y se debe de detallar más la peligrosidad y penosidad.
Uno de los incentivos para retrasar la jubilación será una reducción del 75% de las cuotas empresariales de la Seguridad Social por contingencias comunes durante la situación de incapacidad temporal de aquellos trabajadores que hayan cumplido los 62 años de edad.
También quedarán prohibidas las cláusulas de jubilación forzosa para trabajadores con una edad inferior de los 68 años tras la entrada en vigor de esta reforma. Además, las empresas tendrán que contratar de manera indefinida y a tiempo completo a un trabajador por cada jubilado forzoso.
Para los autónomos, el nuevo sistema de cotización por ingresos reales se incluirá en una normativa intermedia. Se pretende también revisar las pensiones de viudedad de las parejas de hecho para que se asemejen las condiciones de acceso a la de los matrimonios.
La cláusula de salvaguarda se mantendrá como en la actualidad de manera indefinida y se desarrollará un reglamento para la inclusión de los becarios en la Seguridad Social, aunque estos no obtengan ninguna remuneración.