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La Generalitat convoca casi 600 plazas de funcionario y más de la mitad no requieren experiencia

La Generalitat convoca casi 600 plazas de funcionario y más de la mitad no requieren experiencia
  • Las plazas más ofertadas son para administrativo, informático y también abogados, interventores, ingenieros industriales, arquitectos, psicólogos y agentes medioambientales

El Pleno del Consell ha aprobado el decreto de Oferta de Empleo Público (OPE) de 2022 que contempla un total de 588 plazas, de las cuales, 353 serán para el turno libre y que, en aplicación de la nueva Ley de Función Pública valenciana, se cubrirán por oposición libre sin fase de concurso de méritos. Las otras 235 plazas se destinarán a promoción interna y, en ese caso, si se valorarán los méritos y experiencia de los aspirante.

La OPE 2022 contempla convocatorias para 14 cuerpos y escalas de la Administración de la Generalitat. Las más numerosas respecto al número de plazas ofertadas son las del Cuerpo Superior Técnico de Administración General (144 plazas); el Cuerpo Superior Técnico de Ingeniería Informática (122 plazas) y las del Cuerpo Administrativo de la Generalitat (101). No obstante, en la OPE 2022 también se ofertan puestos de abogados; interventores, ingenieros industriales, arquitectos, psicólogos y agentes medioambientales.

Además, el propio decreto de la OPE contempla que la Generalitat se obliga a sí misma a que los procesos de selección las oposiciones se deben convocar en los próximos tres meses tras la aprobación del decreto que se ha llevado a cabo este viernes.

La OPE ha sido diseñada de acuerdo con lo que establece la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2021, que fija una tasa de reposición del 120% para los sectores considerados prioritarios y de un 110% para el resto de los sectores. En ella también se reserva un 10 por ciento de la totalidad de las plazas para ser cubiertas entre personas con diversidad funcional.

Además, la OPE incluye medidas para fomentar la igualdad de género pues las convocatorias incluirán, como criterio de desempate antes del sorteo o primera letra del apellido la resolución en favor de la mujer en el caso de que el sexo femenino estuviera infrarrepresentado dentro del colectivo de personas que formen parte del cuerpo o escala objeto de la convocatoria.

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