Ya están convocadas las becas de comedor para el próximo curso
Dotadas con un presupuesto de 72 millones de euros, te damos todos los detalles para solicitarla
La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha publicado en el DOGV <https://dogv.gva.es/datos/2019/06/14/pdf/2019_6091.pdf> la resolución por la que se convocan las becas de comedor escolar en los centros educativos sostenidos con fondos públicos para el curso escolar 2019-2020. Educación destinará un total de 72.740.000 euros para el próximo curso escolar, es decir, cerca de 1 millón de euros más que el curso 2018-2019.
Cabe recordar que el presupuesto para las becas comedor ha ido en ascenso desde el curso 2015-2016, en el que el presupuesto estaba fijado en 52 millones de euros. En el curso 2016-2017 se llegó a los 63,9 millones de euros. En el curso 2017-2018 se ascendió a 68 millones de euros. El curso 2018-2019 se asignaron 71 millones de euros y ahora se aumenta hasta llegar a los más de 72 millones de euros para el próximo curso escolar.
Durante este tiempo, el aumento de alumnado beneficiario ha pasado de los 95.000 de 2015-2016 a los 127.000 niños y niñas beneficiarios del actual curso escolar.
Como principal novedad para el próximo curso, las familias que tienen acceso al Web Familia podrán acceder a esta aplicación informática para visualizar y descargar su borrador de solicitud de ayuda, en el que figurarán pregrabados las datos que consten en poder de esta administración.
Si las familias que realicen el trámite están de acuerdo con los datos facilitadas, deberán imprimir, firmar y presentar el borrador en el centro donde estarán matriculadas durante el curso 2019/2020, sin necesidad de presentar la documentación.
Las familias que no sean usuarias del Web Familia que hayan recibido la beca el curso pasado y que mantengan las mismas condiciones solo deberán confirmar un borrador de solicitud con los datos que estén en poder de la Administración, y que deberán solicitar en el centro donde estén escolarizados sus hijos. De este modo, tan solo se deberá confirmar el borrador de solicitud a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria.
El alumnado que no solicitó beca el año pasado deberá presentar tanto la solicitud como la documentación acreditativa que se requiera en el centro donde estará matriculado, desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOGV y hasta la finalización del período de matrícula si continúa en el mismo centro, o bien durante el período de formalización de matrícula en caso de que cambie de centro educativo.
Estas ayudas permiten sufragar durante el curso 2019-2020 el total o una parte del coste del servicio de comedor escolar del alumnado escolarizado en centros educativos sostenidos con fondos públicos.
Alumnado beneficiario
En concreto, podrá solicitar las ayudas el alumnado escolarizado en niveles de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial o en el tercer nivel de Educación Infantil de primer ciclo de los centros que participen en el programa de incorporación del nivel educativo de 2 a 3 años en colegios de Educación Infantil y Primaria de titularidad de la Generalitat.
La resolución establece el umbral máximo de renta para poder solicitar las ayudas, que para una familia de cuatro miembros queda establecido en 38.831 euros anuales, teniendo en cuenta la renta de 2018. Asimismo, fija la baremación aplicable en función de la renta familiar anual disponible per cápita, que va desde los 20 puntos para una renta per cápita de un máximo de 393 euros, hasta 1 punto por una renta per cápita de más de 7.467 euros.
También se valorarán las circunstancias sociofamiliares especiales del alumnado, por lo que se concederán hasta un total de 2 puntos por ser alumnado de centros de acción educativa singular; por la situación de desempleo del padre o madre o tutores; por condición de persona refugiada; hijos de familias monoparentales y familias numerosas; diversidad funcional de algún miembro de la familia igual o superior al 33 %; condición de persona toxicómana, alcohólica o reclusa del padre, madre o tutores, y por ser huérfano absoluto.
En lo que respecta a la cuantía de las ayudas, el alumnado beneficiario percibirá hasta 4,25 euros diarios en caso de que curse Educación Infantil, Educación Primaria y ESO; hasta 5,44 euros en el caso de alumnado de Educación Especial, y hasta 12,25 euros para escolarizados en escuelas hogar.
Beneficiarios directos
Se considerará beneficiario directo de la ayuda y, por tanto, recibirá el importe máximo, el alumnado de la renta valenciana de inclusión, así como el alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil y el de Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria que haya sido escolarizado obligatoriamente en un centro de un municipio diferente al de su residencia porque no existe en este oferta educativa.
También será beneficiario directo el alumnado escolarizado en centros específicos de Educación Especial de titularidad de la Generalitat o en aulas específicas de Educación Especial en centros ordinarios de titularidad de la Generalitat, privados concertados o de titularidad pública diferente de la Generalitat, así como aquellos que se encuentren en situación de acogida familiar o residencial, de la misma manera que los hijos o hijas de familias acogedoras, los hijos e hijas de víctimas de violencia de género y las víctimas del terrorismo.