¿Cuándo se aprueba la subida de las pensiones y cuánto será su revalorización?
La nueva ley establece un sistema para el incremento de las pensiones
El Consejo de Ministros aprueba este martes 25 de enero la revalorización de las pensiones en casi 10 millones de euros. Esta medida se lleva a cabo tras acordar el Ejecutivo y los agentes sociales un sistema que garantice el poder adquisitivo de los pensionistas. Con la ‘Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones’ que se aprobó el pasado 22 de diciembre, se estableció un marco para el incremento de las pensiones.
Así, cada 1 de enero se revalorización las pagas de pensionistas y jubilados según la inflación media anual registrada en el año anterior, excepto si el IPC es negativo: entonces, las pensiones se mantendrán estables.
Este 2022, las pensiones contributivas subirán un 2,5%, la pensión mínima o las no contributivas subirán un 3%.
Estas son las cuantías mínimas para las pensiones contributivas
La Seguridad Social ha publicado cómo quedarían las cuantías mínimas para las pensiones contributivas durante el año 2022 en 14 pagas.
Jubilación con 65 años o más:
- Con cónyuge a cargo: 12.467 euros al año.
- Sin cónyuge: 10.103,80 euros al año.
- Con cónyuge no a cargo: 9.590 euros al año.
Jubilación con menos de 65 años:
- Con cónyuge a cargo: 11.688,60 euros al año.
- Sin cónyuge: 9.452,80 euros al año.
- Con cónyuge no a cargo: 8.934,80 euros al año.
Incapacidad permanente de gran invalidez:
- Con cónyuge a cargo: 18.701,20 euros al año.
- Sin cónyuge: 15.156,40 euros al año.
- Con cónyuge no a cargo: 14.385 euros al año.
Incapacidad absoluta o total de los titulares de 65 años o más:
- Con cónyuge a cargo: 12.467 euros al año.
- Sin cónyuge: 10.103,80 euros al año.
- Con cónyuge no a cargo: 9.590 euros al año.
Incapacidad total de los titulares de entre 60 y 64 años:
- Con cónyuge a cargo: 11.688,60 euros al año.
- Sin cónyuge: 9.452,80 euros al año.
- Con cónyuge no a cargo: 8.934,80 euros al año.
Incapacidad total derivada de una enfermedad común para menores de 60 años:
- Con cónyuge a cargo: 7.448 euros al año.
- Con cónyuge no a cargo: 7.383,6 euros al año.
Viudedad:
- Con cargas familiares: 11.688,60 euros al año.
- Mayores de 65 años o con discapacidad igual o superior al 65%: 10.103,80 euros al año.
- Titulares de entre 60 y 64 años: 9.452,80 euros al año.
- Menores de 60 años sin cargas: 7.655,20 euros al año.
Orfandad:
- Por beneficiario: 3.089,80 euros al año.
- Para menores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 65%: 6.076 euros al año.
- Para casos de orfandad absoluta: 9.457 euros al año para un solo beneficiario (15.941,80 €/año a repartir entre los beneficiarios si son varios).
En favor de familiares:
- Por beneficiario: 3.089,80 euros al año.
Si no existe viudo ni huérfano:
- Un solo beneficiario con 65 años o más: 7.463,40 euros al año.
- Un solo beneficiario menor de 65 años: 7.033,60 euros al año.
- Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno se incrementará en el importe que resulte de prorratear 4.565,40 euros al año entre el número de beneficiarios.