elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

Compromís enmienda los PGE para excluir los zumos y la horchata de la subida del IVA de los azucarados

Compromís enmienda los PGE para excluir los zumos y la horchata de la subida del IVA de los azucarados

    El portavoz de Compromís en el Senado, Carles Mulet  ha expuesto hoy, que la coalición ha presentado una nueva enmienda de modificación del articulado de los Presupuestos Generales del Estado, concretamente en lo referente al  artículo 69, relativo a los tipos impositivos reducidos, el polémico caso del incremento del IVA a las bebidas azucaradas.

    El texto originario del Gobierno proponía que con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida, se modifica el número 1.º, del apartado uno.1 del artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que queda redactado de la siguiente forma:

    «1.º Las sustancias o productos, cualquiera que sea su origen que, por sus características, aplicaciones, componentes, preparación y estado de conservación, sean susceptibles de ser habitual e idóneamente utilizados para la nutrición humana o animal, de acuerdo con lo establecido en el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo, excluyendo  alLas bebidas alcohólicas, o las  bebidas que contengan edulcorantes añadidos, naturales y derivados, y/o aditivos edulcorantes, excepto las leches infantiles y las bebidas consideradas como complementos alimenticios para necesidades dietéticas especiales.

    Esta redacción incluía a los zumos naturales, al contener la fructosa natural de la propia fruta, considera como azúcar. EL Congreso enmendó el texto original con la intención de salvar a los zumos con la frase “ quedan excluidos del IVA reducido a las  bebidas refrescantes, zumos y gaseosas con azucares o edulcorantes añadidos”.

    Compromís pide modificar de este texto el término “zumos” per “NECTARES DE FRUTA”. Ya que la redacción puede llevar a confusiones importantes, “un zumo no lleva nunca azúcar añadido, un néctar sí, hay que incluir esta modificación para no llevar a interpretaciones que perjudiquen al sector”

    En este sentido el senador ha recordado que incluso la formación valencianista fue pionera en las Cortes Generales en proponer un impuesto a las bebidas azucaradas, “pero hay que ser sensato, y no  meter en la misma categoría al zumo exprimido que a una bebida carbónica. Siempre la mejor alternativa es consumir fruta en fresco, pero hay que recordar que existe un importante sector de transformación de frutas en zumos en nuestro territorio, al cual se destinan las toneladas de frutas que por tamaño y aspecto no van a la venta en fresco. Se generan miles de trabajos directa e indirectamente, amenazados por tratados como los firmados con Mercosur, que abren la puerta  la entrada sin aranceles a los zumos concentrados de América del Sur. EL impuesto al azúcar no es una medida recaudatoria, es para descincentivar el consumo de azúcares que provocan obesidad y enfermedades de todo tipo, ahí no pueden estar incluidos las zumos que únicamente lleven los azúcares naturales de la fruta”

    Mulet ha pedido excluir de la subida del IVA también a la horchata, al ser un producto tradicional que por la propia normativa de su denominación, ha de tener un 10 % de azúcar entre su composición “si no tiene azúcar, no es horchata, es bebida de chufa, y dificultará mucho su comercialización, perjudicando a un importante sector en el País Valenciano. Esta bebida ya saben los consumidores que contiene un importante aporte calórico pero no se puede equiparar a refrescos nada saludables”

    ¿Qué son zumos y qué néctares?

    Categorías de producto
    Atendiendo a la actual legislación, se diferencian varias categorías de productos englobados como zumos y productos similares.
     
    ꞏ Zumo de fruta: Se trata del zumo exprimido que se obtiene de las partes comestibles de las frutas sanas y maduras. Una vez se exprime pasa por un proceso térmico que permite conservar sus propiedades organolépticas y nutricionales. Los azúcares añadidos no están permitidos por la ley. El zumo de fruta es fruta exprimida 100% sin azúcares añadidos.
    ꞏ Zumo de fruta a partir de concentrado: Producto obtenido a partir de un zumo concentrado, restituyéndole el agua extraída en su proceso de concentración. De nuevo, los azúcares añadidos no están permitidos por la ley.
    ꞏ Zumo concentrado se obtiene de manera similar al zumo de fruta, con la diferencia de que se le somete a un proceso físico de eliminación del agua, lo que facilita su transporte y obtener finalmente zumos de gran diversidad de sabores y procedencias.
    ꞏ Néctar de frutas: Son los zumos, purés o concentrados, a los que se añade agua y a los únicos a los que se les pueden añadir azúcares, edulcorantes o miel. Tanto el contenido mínimo de zumo de fruta como los ingredientes permitidos están limitadas y reguladas por la legislación vigente.

    Subir