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Compromís celebra el cambio de ley aprobado para aumentar la protección de los humedales valencianos

    Las zonas húmedas ya no serán objeto de intereses oscuros y especuladores después de la reforma del artículo 15 de la ley11/1994 de los espacios naturales protegidos de la Comunidad Valenciana. Las Cortes han aprobado este jueves, con los votos de todas las fuerzas menos el PP, aquesta propuesta de ley del diputado de la Marina Alta, Josep Nadal. “Ahora se dan las condiciones necesarias para salvar de la de predacióurbanística en zonas húmedas como las lagunas de Rabassa (Alicante), donde se van sacotar de construir varios macroprojectes urbanísticos o casos como el del Saladar de Xàbia o lo Cuadro de Santiago (Benicassim). Los humedales ya no están sujetos a criterios arbitrarios para ser incluidos en catálogos de protección y esquivan los peligros de los especuladores”, ha considerado el diputado pegolí.

    La modificación del artículo 15 de la ley 11/1994 corrige la desprotección que sufrían muchas zonas húmedas con el anterior gobierno de la Generalitat y añade las consideraciones jurídicas de acuerdo con las sentencias del Tribunal Supremo (N.8912/2012, del 10/12/2012, sobre lo Cuadro de Santiago en BEnicassim) o el Tribunal Superior de Justicia de laComu nitat Valenciana (N.1124/2013 sobre el Marjal de Nules-Castelló ).
    La ley de los espacios naturales protegidos del 1994 definía las zonas húmedas como espacios, ya fueran permanentes o temporales, con características análogas a las de los marenys, marjals, torberes o aguas raídas, estancadas o a salto de mata. En su origen, la ley las consideraba húmedas con independència de la denominación que recibían. Sin embargo, el PP incrementó la desprotección de estos espacios cuando aprobó la Ley5/2013 de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera , y de organización de la Generalitat. En ella se podía leer que se consideraban únicamente protegidas aquellas zonas húmedas “debidamente catalogadas”.

    “La aprobación por parte del PP de esa ley el 23 de diciembre de 2013 fue perversa, dejaba a tots los humedales no catalogados al alcance del urbanismo y la edificación. Hemos salvo la ley la parte donde se llama que para que un espacio esté considerado como zona húmeda, y por lo tanto protegido, tiene que estar debidamente catalogado. Cómo dicen las sentencias del TSJ o el Supremo, las zonas húmedas lo son per se, no porque estén incluidas o no en un catálogo que no tiene ningún estatuto jurídico”, ha señalado Nadal.

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