Comidas familiares: ¿Qué restricciones habrá esta Navidad en los bares y restaurantes?
El Consejo Interterritorial acordó este miércoles las medidas para limitar la movilidad y las reuniones sociales y familiares estas navidades marcadas por la pandemia
El Consejo Interterritorial acordó este miércoles las medidas para limitar la movilidad y las reuniones sociales y familiares estas navidades marcadas por la pandemia. Unas restricciones que, según el Ministro Salvador Illa, son de obligado cumplimiento.
Así, el responsable de Sanidad señalaba que durante los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero las reuniones familiares se restringen a un máximo de 10 personas, niños incluidos, de un mismo grupo de convivencia aunque, Salvador Illa, abre la puerta a la posibilidad de reuniones con “familiares y allegados”.
¿Podremos reunirnos en restaurantes para celebrar las tradicionales comidas con amigos o familiares? Según el documento de Actuaciones de Respuesta Coordinada para el control de la transmisión de COVID-19, los establecimientos hosteleros seguirán las normas de aforo y prevención, así como el resto de restricciones vigentes en cada comunidad y ciudad autónoma.
En particular, en el interior, se especifica que se garantizará una adecuada ventilación natural o mecánica. Se recomienda también reforzar el mensaje de hacer uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo y evitar comer del mismo plato.
En coordinación con las entidades locales, se recomienda, en todo caso, favorecer un mayor uso de la vía pública al aire libre de manera que haya más espacios disponibles para la ciudadanía, así como para la realización de eventos culturales, actividades para la infancia o para la hostelería y el comercio, respetando siempre lo dispuesto anteriormente en relación con la celebración de eventos navideños con elevada afluencia de público.
Cabe destacar, eso sí, que se prohíbe comer y beber en la vía pública a excepción de los espacios acondicionados para ello.
En la Comunitat Valenciana, el consumo en el interior del local no podrá superar un tercio del aforo y en las terrazas, la mitad. No se permiten los bufettes ni los self service, tal y como determinó. Tampoco se permite el consumo colectivo o en grupo, de bebidas en la calle o en espacios públicos ajeno a los establecimientos de hostelería o similares.
En los bares y restaurantes tampoco podrán acoger conciertos, karaokes o actuaciones de este tipo. Todo esto quedó establecido en la resolución del 6 de noviembre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acordaron medidas adicionales extraordinarias en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.