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Castellón aprueba nuevas ordenanzas de ruido, vallas publicitarias y vados

    El pleno del Ayuntamiento de Castellón ha aprobado hoy las nuevas ordenanzas municipales de ruido (aprobación provisional y exposición pública), elementos de publicidad (nueva exposición pública) y vados (aprobación definitiva) con las que el Gobierno local persigue mejorar la gestión municipal, actualizar la normativa a la nueva legislación y ganar eficacia en la aplicación. La nueva ordenanza de vados sustituirá a la redactada en 1999; la de vallas publicitarias a un texto del año 2001 y la de ruidos a una ordenanza aprobada en 2010 que quedó desfasada a los pocos meses de entrar en vigor por la aprobación de normativa europea y estatal que ahora ya se recoge.

    Una vez aprobadas provisionalmente, se publicará el acuerdo plenario en el Boletín Oficial de la Provincia y a partir de ese momento se abrirá un periodo de exposición pública para que la ciudadanía pueda consultar las ordenanzas, estudiar su contenido y presentar alegaciones si lo considera oportuno.

    Ordenanza de elementos publicitarios

    La nueva ordenanza se elabora tras constatar el elevado incumplimiento de la actual, en muchos casos por un desfase de la previsión legal y la efectiva demanda. El texto regula la instalación de carteles, monopostes, lonas, paneles luminosos y pintura publicitaria en medianeras con el fin de conjugar la demanda, la seguridad, la estética y el control efectivo.

    El concejal de Ordenación del Territorio, Rafa Simó, ha destacado la incorporación de requisitos como la integración paisajística y la salubridad de las parcelas en que se ubiquen como dos de los elementos centrales de la nueva ordenanza con la voluntad de minimizar el impacto visual de este tipo de soportes pero con la suficiente flexibilidad técnica para hacer viable una utilización racional del espacio público.

    Entre las zonas en las que se prohibirá la instalación de elementos de publicidad se incluyen las avenidas de Ferrandis Salvador y Mare de Déu del Lledó; camino La Plana; Caminàs; en el ámbito del Plan Especial de la Marjalería; en el núcleo histórico tradicional (Z-0) y en el núcleo histórico del siglo XIX (Z-1) así como en las parcelas que linden o estén situadas a menos de 100 metros del dominio público marítimo-terrestre y en los terrenos clasificados por el planeamiento urbanístico como suelo no urbanizable protegido.

    Ordenanza de vados

    La normativa aprobada hoy provisionalmente pretende superar algunas limitaciones que no se justifican e incluso entran en conflicto con la exigencia de estándares urbanísticos para el uso residencial, como la exigencia de que haya un mínimo de cinco vehículos para los locales destinados a actividades.

    Entre las novedades, destaca la potenciación del vado temporal u horario con el objetivo de liberar el mayor espacio posible en vía pública, de tal manera que en los supuestos en que en el inmueble o local se desarrolle una actividad pueda, al finalizar la jornada laboral, aparcar cualquier vehículo. Aunque popularmente se asocia vado a la restricción de aparcamiento para permitir el acceso a un parking, la autorización de vado –y por tanto la tasa correspondiente- corresponde al aprovechamiento especial de las aceras.

    La ordenanza incluye tres tipos de vado: permanente, activado las 24 horas del día; vado horario, de prohibición de aparcamiento de 8:00 a 20:00 horas y en las 12 horas restantes permitido para el estacionamiento para público general y será aplicable en actividades comerciales, industriales o de servicios y, por último, un vado de horario especial, en que de 10:00 a 16:00 horas se podrá aparcar en la modalidad de estacionamiento en superficie regulado ORA. Esta última modalidad se aplicará en las viviendas unifamiliares situadas en zonas como la calle Rosa María Molás, Pintor Carbó, Columbretes, Fernando el Católico, avenida Chatellerault, etcétera, y en el Grau en viales como el Serradal, la avenida de los Pinos, Harley Davidson, avenida Ferrandis Salvador, Paseo Buenavista, etcétera.

    Entre las prohibiciones, se recoge expresamente que no se concederá autorización de vado para aparcar frente a un inmueble que carezca de entradas de automóviles.

    Ordenanza de ruido

    Los ámbitos de aplicación de la nueva ordenanza del ruido incluyen edificaciones; actividades industriales, comerciales y de servicio; actividades sujetas a legislación vigente en materia de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos; trabajos en vía pública y en la edificación que produzcan ruidos; sistemas de aviso acústico; medios de transporte, circulación de vehículos a motor y ciclomotores y comportamiento ciudadano.

    La nueva ordenanza propone determinar los valores límites para ruido y vibraciones conforme a la ley estatal y completar esos valores en caso de que sea necesario con los establecidos en la normativa autonómica, tomando siempre como referencia los niveles de recepción más restrictivos, y ajustarse a las tres franjas horarias que fija la normativa europea (Directiva 2002/49/CE, traspuesta por Ley 37/2003 de 17 de noviembre del Ruido).

    Así, la franja horaria diurna irá de 7 a 19 horas; la vespertina, de 19 a 23 horas, y la nocturna, de 23 a 7 horas. Los valores límite de inmisión de ruido en ambiente exterior se establecerán en función de estas franjas horarias y de los usos dominantes del entorno, que se fijan en sanitario, docente y cultural; residencial; terciario, recreativo y de espectáculos, y, por último, industrial.

    En cuanto a algunas de las novedades que se introducen, destaca la diferenciación entre ambientación musical y la amenización musical, la simplificación de los procedimientos administrativos para facilitar las tramitaciones garantizando el cumplimiento de los estándares de calidad acústica y la regulación de eventos y actuaciones al aire libre en función de si se utilizan equipos amplificados o no.

    Pla Edificant

    Por otra parte, el Pleno del Ayuntamiento también ha aprobado la adhesión del consistorio castellonense al Pla Edificant y la solicitud de delegación de competencias para la construcción del CEIP Vicent Marzà en el marco del Plan de construcción, reforma y mejora de los centros educativos impulsado por la Conselleria de Educación.

    Al respecto, el concejal de Educación, Enric Porcar, ha manifestado que "para haber llegado hasta aquí se han realizado una serie de pasos: aprobación por parte del Consejo Escolar del Vicent Marzà la adhesión al Pla Edificant, aprobación por parte del Consell Escolar Municipal y, por último, realizar al anteproyecto y valoración económica de las obras realizando una previsión de gasto por anualidades".

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