Calendario escolar 2024/2025 en la Comunitat Valenciana: periodos lectivos y vacaciones
Tendrá un día lectivo menos, con el objetivo de evitar el calor y por la coincidencia con las fiestas de San Juan
Tras varias semanas de reuniones, por fin se ha dado conocer el calendario del próximo curso escolar 2024/2025, que tendrá un día lectivo menos que el actual, con 179 días en total.
Así lo ha decidido la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, teniendo en cuenta las opiniones de los sindicatos y de las familias, que solicitaban terminar antes las clases para evitar el calor y la coincidencia con las fiestas de San Juan.
En este sentido, el inicio para las etapas de Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato y Formación Profesional será el próximo 9 de septiembre y finalizará el 18 de junio de 2025. Por otro lado, los programas formativos de cualificación básica y FP de segunda oportunidad comenzarán las clases el 11 de septiembre de 2024 y finalizarán el 18 de junio de 2025.
En cuanto a la Formación de Personas Adultas; Enseñanzas Artísticas de Música y Danza, elementales y profesionales; Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño y Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial, el inicio del curso será el 16 de septiembre de 2024 y finalizará el 13 de junio de 2025. Por último, las Escuelas Oficiales de Idiomas comenzarán a impartir sus clases el 24 de septiembre de 2024 y las terminarán el 18 de junio de 2025.
Respecto a los días no lectivos, estos serán los periodos de vacaciones para el curso 2024/2025:
Días no lectivos del curso escolar 2024/2025
9 de octubre: Día de la Comunitat Valenciana
1 de noviembre: Fiesta de Todos los Santos
6 de diciembre: Día de la Constitución.
Del 23 de diciembre al 6 de enero (incluidos): Vacaciones de Navidad
19 de marzo: Día de San José
Del 17 al 28 de abril (incluidos): Vacaciones de Pascua
1 de mayo: Día Internacional de los Trabajadores.
Además, los ayuntamientos podrán proponer como no lectivos hasta un máximo de tres días y la Dirección General de Centros Docentes podrá autorizar, para un centro o una localidad, un calendario escolar diferente del establecido cuando concurran circunstancias excepcionales.