Las nuevas ordenanzas fiscales de Almussafes facilitan la gestión de la bonificación del 90% del IBI Urbana a las familias numerosas
El pleno municipal aprobó, el pasado mes de octubre, las modificaciones fiscales que han entrado en vigor en el ejercicio presupuestario de 2024
Se prorroga la bonificación de hasta un 50% por ciento en el recibo del IBI de las viviendas de uso residencial por la instalación de placas fotovoltaicas
El pasado 1 de enero entraron en vigor las Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento de Almussafes para el año 2024. Los nuevos textos fiscales, fueron aprobados en el pleno de la corporación municipal celebrado el pasado 26 de octubre de 2023. Este año, el Ayuntamiento de Almussafes elimina el tipo de gravamen de uso almacén en los recibos del IBI y el límite de la fecha establecida para la petición en la bonificación del IBI por parte de las familias numerosas, junto con la obligatoriedad de presentar nueva solicitud anualmente. En las nuevas ordenanzas fiscales, el ejecutivo actualiza el porcentaje a aplicar en la plusvalía y mantiene la bonificación medioambiental a las empresas que reúnan los requisitos establecidos en la ordenanza y a las viviendas de uso residencial por instalación de placas fotovoltaicas, ambas medidas implementadas en el pasado ejercicio presupuestario.
El compromiso del ejecutivo de Almussafes en la lucha contra el cambio climático y la reducción de emisiones, así como la apuesta por la energía solar fotovoltaica son premisas que se mantienen en los textos fiscales en vigor este año 2024. De hecho, las nuevas ordenanzas fiscales de aplicación en el actual ejercicio presupuestario prorrogan la bonificación del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), de hasta el 50% de la cuota a todos las viviendas de uso residencial que instalen sistemas fotovoltaicos para el aprovechamiento de la energía solar, durante los cinco periodos impositivos siguientes a la finalización de la instalación. “Lógicamente se cuantifica en función del valor catastral de los inmuebles urbanos de uso residencial (a menor valor catastral, mayor porcentaje de bonificación) y se aplica desde el período impositivo siguiente a aquel en que se solicite”, explica la concejala de Hacienda, Davinia Calatayud.
El ejecutivo local también ha aplicado una modificación del artículo 1º de la ordenanza, al eliminar el tipo discriminado para los inmuebles de uso almacén que este año pasan a tributar al tipo de gravamen correspondiente al uso industrial o residencial, según lo determinado por la Dirección General del Catastro.
Beneficios fiscales para las familias numerosas
En la nueva reglamentación tributaria, el Ayuntamiento aplica una modificación al artículo 2º de la Ordenanza Fiscal Reguladora del IBI con la que se mejora la gestión de la bonificación del 90% del IBI a las familias numerosas, al eliminar el plazo de presentación y asegurar que, una vez solicitada, tenga una validez automática para los ejercicios posteriores. “Nuestro objetivo ha sido evitar cargas administrativas a los contribuyentes, regulando aspectos sustantivos para la concesión de la misma”.
Además, la citada ordenanza introduce una concepción de la familia numerosa ajustada a la concepción social y económica de nuestros días, en que las situaciones de nulidad, separación o divorcio producen disgregación respecto a la vivienda habitual, pero con igual o mayor carga económica para los progenitores. “Una carga económica que tratamos de aliviar en Almussafes con esta bonificación y que vamos a continuar aplicando en supuestos de ruptura familiar”, añade la edil de Hacienda.
De hecho, la norma exige que la bonificación fiscal del IBI sea a favor del sujeto pasivo que sea titular de familia numerosa. Es decir, la persona beneficiaria ha de cumplir ambas condiciones de manera simultánea y el titular lo sigue siendo, en el caso de separación o divorcio, cuando sus hijos se encuentren bajo su dependencia económica y aunque ya no vivan en el domicilio conyugal.
Renovación del Plan personalizado de pago de tributos
El consistorio de Almussafes mantiene en este ejercicio presupuestario el Plan Personalizado de pago de tributos que se aplica desde el año 2020. El sistema permite el fraccionamiento en 10 cuotas mensuales, sin intereses de demora, que se cargarán en las cuentas de los contribuyentes en los meses de febrero y noviembre. Los vecinos y vecinas que todavía no hayan solicitado el sistema de fraccionamiento, pueden acogerse al mismo hasta el próximo día 15 de enero de 2024.