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Alicante renueva la ordenanza de basuras para adaptarla a la normativa europea en materia de tratamiento de residuos

Alicante renueva la ordenanza de basuras para adaptarla a la normativa europea en materia de tratamiento de residuos
  • El Ayuntamiento introducirá por primera vez reducciones en la tasa de hasta el 20% por colaborar en la selección en los domicilios y el depósito en el contenedor con el uso de la tarjeta o la app

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Alicante ha aprobado este martes el proyecto de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa de Recogida, Transporte y Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos, la derogación de la anterior que data del 21 de diciembre de 2015, así como el inicio de su tramitación para la aprobación inicial por el Pleno Municipal.

El vicealcalde y portavoz municipal, Manuel Villar, ha explicado que “esta revisión de la ordenanza fiscal se realiza siguiendo las premisas establecidas por la normativa de la Unión Europea en esta materia, en la que se exige la equiparación del coste de la recogida, transporte y tratamiento con la tasa, y que están aplicando de forma obligatoria todos los ayuntamientos de España, al tiempo que recomienda compensaciones por la colaboración ciudadana en la recogida selectiva que introducimos por primera vez en Alicante y que alcanzarán una reducción del recibo de hasta el 20%”. 

Villar también que ha recordado que "Alicante es la penúltima de las grandes ciudades en el importe que cobra de la tasa de basura. Somos la segunda gran ciudad que menos cobra por decisión del equipo de gobierno y gracias a la gestión municipal del vertedero, pero que la normativa europea en esta materia obliga a su revisión y a equipararla al coste de la recogida, transporte y tratamiento del residuo a todos los ayuntamientos como estamos viendo".

Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación del servicio público de recepción obligatoria, de recogida, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos procedentes de viviendas, alojamientos, locales o establecimientos donde se ejercen actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas y de servicios, en general, de cualquier uso, situados en las zonas en que se preste de forma efectiva y en beneficio, no solo de los directamente afectados, sino también de la seguridad y salubridad pública del municipio. El servicio comprende, por tanto, el proceso de gestión de residuos sólidos urbanos desde la recepción o recogida hasta el transporte, reciclaje, tratamiento y eliminación.

Las nuevas tasas de residuos para las viviendas tendrán en cuenta tanto los metros como el valor catastral de los inmuebles, al igual que en el caso de las oficinas, los comercios, los restaurantes, bares y cafeterías y las áreas industriales. También establece los parámetros para los inmuebles de uso religioso, deportivo, espectáculos y colegios, así como el hospedaje.

En el caso de bares y cafeterías se aplicará un coeficiente corrector teniendo en cuenta si hacen o no separación de residuos, la afluencia de público de la vía, generación de residuos y si disponen de veladores. También se regulan los centros comerciales y las tarifas para los grandes productores de residuos.

Reducciones de hasta el 20%

La principal novedad de esta ordenanza será la aplicación de exenciones, reducciones y bonificaciones en las tasas por colaborar en la recogida selectiva en origen, es decir, en los domicilios, y por el depósito en los contenedores correspondientes registrado con el uso de la tarjeta electrónica o la aplicación (app) de ‘Tu haces Alicante’.

Esta reducción en la tasa puede alcanzar hasta el 20% de la misma en el caso de utilizar la tarjeta en el depósito del residuos al menos cuatro veces por mes durante 10 de los 12 meses del año. La reducción se reducirá al 15% en el caso de que se cumplan estos cuatro usos durante 8 meses, 10% durante cinco y 5% durante tres.

El objetivo del equipo de gobierno es que esta ordenanza fiscal entre en vigor el 1 de enero de 2025.

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