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El Ayuntamiento de l’Alcora aplicará las máximas bonificaciones al ICIO en 2021

El Ayuntamiento de l’Alcora aplicará las máximas bonificaciones al ICIO en 2021
  • Con el objetivo de promover el uso de energías limpias y renovables, se bonificará hasta el 95% a construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar

El Gobierno municipal de l’Alcora ha decidido aplicar en 2021 las bonificaciones máximas que la ley permite al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), tal y como ha indicado el concejal de Hacienda, Robert Tena.

De esta manera, con el objetivo de promover el uso de energías limpias y renovables, el Ayuntamiento modificará la ordenanza fiscal para aplicar una bonificación de hasta el 95% -actualmente es del 40%-  a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.

La medida se enmarca dentro de “nuestro compromiso con la ciudadanía y el medio ambiente mediante la puesta en marcha de políticas encaminadas hacia la sostenibilidad y la eficiencia energética”.

Tena ha destacado que los ayuntamientos “debemos tener un papel activo para mejorar la habitabilidad de nuestras ciudades, fomentando el autoconsumo fotovoltaico”. Además, ha recordado que entre los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas -objetivos que el Ayuntamiento de l’Alcora impulsa- se incluye el de la energía (ODS 7), que aspira a "garantizar el acceso a una energía asequible, fiable, sostenible y moderna para todos". El ODS 7 también aborda la necesidad de aumentar la energía procedente de fuentes renovables, además de promover tecnologías de eficiencia energética.

Se mantendrán al máximo resto de bonificaciones ICIO

Además de aumentar esta, el responsable de Hacienda ha explicado que se mantendrá la bonificación de hasta el 95% a favor de las construcciones, instalaciones u obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico artísticas o de fomento del empleo que justifiquen tal declaración.

Y también la bonificación de hasta el 90% a favor de las construcciones, instalaciones y obras que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de los discapacitados y de hasta el 50% a favor de las vinculadas a los planes de fomento de las inversiones privadas en infraestructuras, y las referentes a las viviendas de protección oficial.

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