El TSJ da la razón al Ayuntamiento de Alcoy y se podrán adjudicar las obras del Puente de Serelles
Un licitador presentó un recurso administrativo al estimar que la empresa adjudicataria de la redacción del proyecto del puente de Serelles había presentado una baja temeraria y considerar que no se había valorado correctamente a sus técnicos
Una primera sentencia dio la razón a la empresa
Ahora el Tribunal Superior de Justicia ha estimado el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento de Alcoy revocando y anulando esta sentencia e imponiendo a la empresa el pago de las costas procesales
Tal y como ya se informó en su día, un licitador presentó un recurso a la adjudicación de la redacción del proyecto del Puente de Serelles al considerar que el adjudicatario se encontraba en baja temeraria y por otro lado, la no admisión de su oferta respecto de parte del equipo técnico que presentó. Consideró el licitador recurrente que dicho perfil profesional es compatible con el requerido en el pliego de licitación, reclamando, en definitiva, 25 puntos más en la valoración.
En Primera Instancia el Juzgado estimó la demanda al considerar factible la equivalencia respecto del equipo técnico presentado por el licitador y falló la sentencia adjudicándole directamente el contrato de redacción de proyecto.
El Consistorio presentó recurso contra la citada resolución por considerar que había existido un error por parte del juzgador en la valoración de los informes técnicos municipales obrantes en el expediente y que acreditaban que la mejor oferta calidad-precio era la propuesta ganadora y no la del licitador recurrente.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dado finalmente la razón al Ayuntamiento punto por punto y detalla que en la primera sentencia el juez no ha valorado adecuadamente la solvencia y datos en los que se apoyan los informes técnicos emitidos que dan fiabilidad a la oferta adjudicataria. Es decir, considera el TSJCA que la baja temeraria está justificada tal y como recogen los informes municipales y por tanto no es motivo de exclusión del licitador adjudicatario, tal y como pretendía el recurrente.
Por lo que respecta a la compatibilidad del perfil técnico cuestionado, la sentencia también da la razón al Consistorio y literalmente asegura que “el pliego se refiere a titulaciones y desde este punto de vista no se puede equiparar la de ingeniero técnico industrial a la de delineante o similar”.
Con todo, el TSJCA acaba reconociendo la postura municipal al concluir que, incluso concediéndole los puntos que reclama el licitador recurrente, su empresa no se habría clasificado en primer lugar puesto que quedaría a 28 puntos de la primera.
Cabe resaltar el TSJ con su sentencia revoca y anula la primera y además impone a la empresa el pago de las costas procesales. El Ayuntamiento ahora podrá seguir con el proceso de adjudicación de las obras que estaba a punto de llevarse a cabo cuando se tuvo que paralizar, tras estimarse la medida cautelar de suspensión solicitada por el licitador.
“Es responsabilidad de este gobierno no dilatar más la situación, cumplir con la legalidad y también hacer una urbanización digna para los vecinos que no tienen culpa de este proyecto ruinoso propiciado por el Partido Popular. Si bien cabe recurso ante el Tribunal Supremo, vamos a continuar con el procedimiento de adjudicación de las obras, porque los vecinos no pueden esperar más a tener esta infraestructura tan necesaria y porque el desarrollo de proyectos de esta ciudad no puede quedar supeditado a la voluntad de dilación de un licitador, lo contrario sería a estas alturas una irresponsabilidad. Este gobierno siempre hemos valorado la resolución de los problemas con madurez y responsabilidad. Analizando costes y repercusiones para evitar males mayores y así se ha hecho también en este caso. Hay que recordar que este es un proyecto que el Ayuntamiento está obligado a hacer para restablecer la legalidad de un proyecto heredado del Partido Popular. La obra no supondrá coste a las arcas municipales ya que se realizará con el aval incautado a Luxender que no se puede utilizar para nada más que no sea la urbanización. Por tanto no solo por necesidad de los vecinos, sino cumpliendo una obligación legal estamos obligados a ejecutar sin más dilación el puente de Serelles” concluye la concejal de Urbanismo Lorena Zamorano.