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Se conceden 22 ayudas para para vehículos de movilidad personal y bicicletas eléctricas

Se conceden 22 ayudas para para vehículos de movilidad personal y bicicletas eléctricas
  • En total se han otorgado 3.668,79 euros

El ayuntamiento de Alcoy ha resuelto el resultado de las ayudas para bicicletas eléctricas, los elementos necesarios para la electrificación de las mismas y vehículos de movilidad personal (VMP) eléctricos para la ciudadanía promovidas por el ayuntamiento de Alcoy. Del total de 30 solicitudes se han concedido 22, con un importe total de 3.668,79 euros.

En el desglose por tipologías 7 han sido para bicicletas eléctricas, 2 para kits de electrificación y para13 vehículos de movilidad personal.

El importe de las subvenciones se ha otorgado en las siguientes cuantías:

a) Adquisición de bicicletas eléctricas: 40% del importe de adquisición hasta un máximo de 250 euros. El importe máximo de adquisición ha sido de 1.200 euros, IVA incluido.

b) Kits de electrificación: 20% del importe de adquisición hasta un máximo de 100 euros. El importe máximo de adquisición es de 600 euros, IVA incluido.

c) VMP eléctricos: 30% del importe de adquisición hasta un máximo de 150 euros. El importe máximo de adquisición es de 600 euros, IVA incluido.

«Las nuevas tecnologías han favorecido la aparición de soluciones de movilidad urbana que favorecen los desplazamientos personales mediante nuevos modelos de vehículos que no producen residuos contaminantes. La intención del gobierno se trabajar por la movilidad sostenible en nuestra ciudad, por eso estamos actuando en varios ámbitos, hemos aumentado significativamente el carril bici, y también aplicamos bonificaciones para los vehículos eléctricos y híbridos», explica el concejal de Movilidad Sostenible, Jordi Martínez.

BICICLETAS, PATINETES Y VMP EN LA NUEVA ORDENANZA DE CIRCULACIÓN

Recordamos que el pasado 29 de diciembre se aprobó la ordenanza de circulación para nuestra ciudad y respecto a la circulación de estos vehículos la ordenanza determina que se ha de circular con ellos por los carriles bici siempre que existan, en caso de no haber la circulación se deberá realizar por la calzada, no pudiendo ir por la acera a no ser que sea un menor de 10 años acompañado por una persona responsable o cuando la persona en bicicleta tenga que acceder a la acera, lo tiene que hacer descendiendo de la bicicleta y transitando con esta a mano hasta su destino o lugar de estacionamiento, de forma que tiene que actuar, a todos los efectos, como peatón.

También se especifica las velocidades máximas permitidas y que el casco es obligatorio.

La ordenanza también contempla que se pueda circular con este tipo de vehículos por las calles peatonales con restricciones de velocidad y dando prioridad siempre al peatón.

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