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El Tribunal Supremo falla a favor del Ayuntamiento de Altea y las empresas de telefonía abonarán al municipio unos 395.000€ anuales

El Tribunal Supremo falla a favor del Ayuntamiento de Altea y las empresas de telefonía abonarán al municipio unos 395.000€ anuales
  • El Tribunal Supremo de la razón al Ayuntamiento de Altea y las empresas de telefonía deberán abonar anualmente al municipio el 1,5 % de los ingresos brutos por la utilización del suelo, subsuelo y vuelo

Tras años de lucha en los Tribunales, el Supremo da la razón al Ayuntamiento y las empresas de telefonía tendrán que abonar al municipio, de forma anual, el 1’5 %  de los ingresos brutos por la utilización del suelo, subsuelo y vuelo del término  municipal de Altea; lo que suponen unos 395.000€.

Todo empezó en el año 2020 cuando ORANGE se opuso al pago de las tasas por ocupación del dominio público, lo que derivó en un primer juicio en el Juzgado de lo Contencioso de Alicante, que dio la razón a la compañía telefónica y anuló la Ordenanza fiscal del Ayuntamiento y las tasas correspondientes. El Ayuntamiento, a través de su Concejalía de Hacienda, recurrió al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, tribunal que también dio la razón a la compañía ORANGE, decretando la nulidad de la Ordenanza y tasas por ocupación del dominio público.

El Consistorio considerando que ello suponía una grave discriminación respecto del resto de ciudadanos y empresas que pagan las tasas, y que además, esa utilización del suelo por las compañías de telefonía, propiedad del municipio de Altea,  lo es para prestar servicios de telefonía fija e internet de los que obtienen ingresos a costa de los ciudadanos, interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo, alegando incumplimiento del derecho comunitario europeo.

El Alto Tribunal da la razón al Consistorio, y deja sin efectos las sentencias tanto del Juzgado como del TSJ y sienta el criterio de que las compañías de telefonía fija e internet, han de abonar la tasa, “tanto si éstas son las titulares de las redes… como si son titulares de un derecho de uso, acceso o interconexión”; dice la sentencia.

Las consecuencias de ello es que,  a todas las compañías de telefonía fija e internet, sean o no propietarias, se les cobrará anualmente el 1,5% de los ingresos de facturación.

Además es una importante Sentencia para la Comunidad Valenciana ya que obliga a cambiar el parecer de los Juzgados y del Tribunal Superior de Justicia Valenciano, beneficiando al resto de los municipios valencianos.

“Como siempre, la defensa de la legalidad y los intereses municipales están por encima de los intereses privados o particulares que perjudiquen al Municipio”, declara la edil de Hacienda, Xelo González.

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