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El juez obliga a la Vall a indemnizar a seis becarios por vulnerar sus derechos

El juez obliga a la Vall a indemnizar a seis becarios por vulnerar sus derechos
  • El Juzgado de lo Social estima las demandas interpuestas por los trabajadores temporales de los planes de empleo EMCUJU y EMPUJU 2019-2020

El Ayuntamiento de la Vall d’Uixó deberá indemnizar a los trabajadores temporales de los planes de empleo EMCUJU y EMPUJU 2019-2020 por vulnerar sus derechos laborales.

Estos seis trabajadores temporales exigían, como el resto de funcionarios, sus días de asuntos propios, un derecho que ahora ha reconocido un juez y por el que el consistorio vallero ha sido condenado a indemnizar a estos becarios.

Así lo ha dictado el Juzgado de lo Social número 3 de Castelló que en su fallo señala la “estimación parcial de la demanda formulada por […] contra el Ayuntamiento de la Vall d’Uixó, debo declarar el derecho del demandante al disfrute de los días de asuntos propios que legalmente le corresponden, condenando al organismo demandado a abonarle la cantidad de 251,03 euros, con los intereses moratorios correspondientes”.

Desde el Ayuntamiento de la Vall d’Uixó han mostrado respeto hacia la decisión judicial.

Segunda batalla ganada

Esta es la segunda batalla que ganan los EMCUJUS al Ayuntamiento de la Vall porque cobraban menos del Salario Mínimo Interprofesional y tras presentar demanda, el consistorio tuvo regularizar la situación y subirles la nómina a todos los becarios.

Aseguran que el Ayuntamiento vulneraba sus derechos

Los trabajadores, que fueron contratados por el Ayuntamiento de la Vall d’Uixó tras obtener la subvención del Fondo Social Europeo para la contratación de personas menores de 30 años inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil durante un año, solicitaron los días de asuntos propios regulados en el EBEP y el propio Convenio Colectivo del Ayuntamiento de la Vall d’Uixó para el Personal Laboral.

Sin embargo, “el equipo de Gobierno negó el derecho a los trabajadores indicando que el Convenio Colectivo excluye en su Art.2 a aquellos que son contratados a través de los Planes de Empleo, a lo que el Juzgado de lo Social Nº3 lo tumba, al considerar que el Ayuntamiento estaría vulnerando de esta forma el principio de igualdad recogido en el art.14 de la CE, al otorgarles un trato discriminatorio”, explican los mismos beneficiarios del programa de empleo.

Por lo tanto, consideran que el consistorio “ha establecido una diferencia de trato, por cuanto que al personal laboral temporal de fomento de empleo no se le reconocen días de libre disposición al negarles la aplicación del Convenio Colectivo, mientras que al resto del personal laboral del Ayuntamiento, sean fijos o temporales, sí que se les reconoce”.

Para los demandantes, “el gobierno de Tania Baños negaba estos derechos bajo la premisa de que el personal laboral contratado a través de los planes de empleo estaba excluido del Convenio Colectivo y que por tanto, había que acudir al Estatuto de los Trabajadores o a las normas que resulten aplicables en cuanto a la regulación de la relación laboral, y entre ellas los Acuerdos Plenarios del Ayuntamiento, que son actos administrativos no recurridos y negociados con la representación sindical”. Además, les indicaba que “a estos trabajadores se les aplicarán las siguientes tablas salariales, recibirán la paga prorrateada y no tendrán derecho a días de libre disposición".

Los trabajadores continúan con sus reivindicaciones

Sin embargo, los trabajadores de los planes de empleo aseguran continuarán con sus reivindicaciones hasta que se les reconozcan todos sus derechos, “aunque el ayuntamiento trate de maquillar la situación alegando que este tema ha sido tratado con la representación sindical, se hace difícil pensar que ese colectivo de trabajadores dispone de una fuerza negociadora sindical suficiente y autónoma respecto del resto de personal que le permita construir una negociación colectiva separada, dada la inestabilidad propia de dicho personal al tener contrataciones de carácter temporal que dificultan su organización sindical”, aseguran los demandantes.

El colectivo lamenta que se haya visto obligado a denunciar esta situación, para demostrar que están siendo discriminados al no poder disfrutar los días de asuntos propios y llegar a insertar en el convenio colectivo del cual se encuentran excluidos, una tabla salarial que permite rebajar los salarios prácticamente a la mitad respecto al de otros trabajadores que realizan similares funciones y pertenecen a la misma categoría profesional. Consideran intolerante que quienes dicen velar por los derechos de los trabajadores y critican la temporalidad y la precariedad salarial sean los mismos que les han llevado a esta situación, reflejando así la precariedad laboral de jóvenes cualificados.

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