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Baldoví critica "el ridículo autoritario de prohibir la cadena humana del 11 de septiembre"

    El diputado en el Congreso por Compromís, Joan Baldoví, nada más saberse de la prohibición de la Subdelegación del Gobierno de España de permitir en el término municipal de Vinaròs la concentración convocada por Acció Cultural del País Valencià el pasado día 11 de septiembre, preguntó por saber si los motivos aducidos eran los problemas con el tráfico que pudieran ocasionarse, por qué motivo no aplicó esta excusa a los actos semejantes organizados el mismo día en las provincias catalanas.

    Estas preguntas se registraron antes de saber del varapalo del TSJ valenciano anulando esta decisión arbitraria.

    "Ahora el Gobierno Central evita pronunciarse ante el ridículo del subdelegado David Barelles, y se limita a indicar que ninguna reunión esta sometida al régimen de previa autorización, y que las manifestaciones y concentraciones ni se dan por comunicadas ni se prohiben, salvo el nlo establecido en la Ley Orgánica 9/983, cuando corresponde a los Delegados o Subdelegados del Gobierno garantizar y velar por la seguridad de las personas, y en el caso de la concentración del 11 de septiembre en Vinaròs, el Subdelegado, según la respuesta del Gobierno, dicto la prohibición de acuerdo con el artículo 10 de Ley 9/1983, a la vista del informe recibido de la Comandancia de la Guardia Civil en la que señalaba que de realizarla la citada concentración, ésta afectaría al mantenimiento de la seguridad vial y ciudadana".

    Artículo 10

    Si la autoridad gubernativa considerase que existen razones fundadas de que puedan producirse alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes, podrá prohibir la reunión o manifestación o, en su caso, proponer la modificación de la fecha, lugar, duración o itinerario de la reunión o manifestación. La resolución deberá adoptarse en forma motivada y notificarse en el plazo máximo de setenta y dos horas desde la comunicación prevista en el artículo 8, de acuerdo con los requisitos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Según el coportavoz de Compromís en las comarcas de Castelló, Carles Mulet “ independientemente de si se compartía o no el objeto de este acto, la reacción de Barelles fue absurda y autoritaria, ya que mientras en las cuatro provincias catalanas se convocaba a lo largo y ancho estos actos, ningún delegado o subdelegado alegó al articulo 10 de la Ley 9/1983, y solamente en Castelló, y afectando a un único término municipal, se prohibió no por problemas de orden público, sino por puras presiones partidistas, que solamente consiguieron dar publicidad al acto, y mostrar la cara más autoritaria del Subdelegado, como títere de la derecha más rancia.

    Para el portavoz ecosocialista, “que se prohiba a la gente manifestarse, simplemente porqué no se comparte las ideas por las que se manifiestan, es propia de otros regímenes, Barelles quedó en ridículo, y el Gobierno central le tapa ahora las vergüenzas; se puedo compartir o no el motivo de una manifestación, pero siempre que no atente contra los derechos de las personas, no se puede prohibir, y las excusas para hacerlo fueron absurdas, todo para alimentar fantasmas y discursos sin sentido”.

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