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La Vila destinará parte del superávit de 2019 a financiar gastos de servicios sociales y promoción social

La Vila destinará parte del superávit de 2019 a financiar gastos de servicios sociales y promoción social
  • La medida se amplía al ámbito de las inversiones financieramente sostenibles, que incluye ayudas para familias, autónomos y empresas

El real decreto-ley de medidas urgentes extraordinarias aprobado por el Consejo de Ministros para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 contempla que los ayuntamientos puedan destinar hasta 300 millones del superávit de 2019 a financiar gastos de inversión en el área de servicios sociales y promoción social.

Es por ello que el Ayuntamiento de la Vila Joiosa está trabajando para liquidar el presupuesto de 2019 y poder destinarlo a financiar gastos de inversión en el área de servicios sociales y promoción social. En concreto, la medida permite adelantar el uso del superávit para dichas actuaciones y también amplía el ámbito de las inversiones financieramente sostenibles, que incluye ayudas para familias, autónomos y empresas.

"Muchas empresas de la Vila se han visto obligadas a cerrar forzosamente, viéndose afectada su facturación por la situación derivada de la crisis sanitaria del COVID-19. Esas familias de autónomos y empresas son uno de los principales motores de la economía de nuestra localidad y desde el Ayuntamiento tenemos que ayudarles en su recuperación en la medida de lo posible", asegura el Alcalde de la Vila Joiosa, Andreu Verdú.

Por otro lado, las liquidaciones que dependen del Ayuntamiento de la Vila, en general quedan paralizadas y las que estén notificadas, ampliados sus plazos mientras dure la vigencia del art. 33 del RD Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Desde la Concejalía de Comercio también se está estudiando la devolución y él no cobro de las tasas a establecimientos en el periodo de alerta sanitaria.

“La norma otorga un mayor margen para abonar sus tributos al contribuyente y contempla, en cuanto a la suspensión de plazos en el ámbito tributario, un horizonte temporal a favor del contribuyente que puede superar el de la vigencia inicial del estado de alarma” afirma José Ramón Uclés, edil de Hacienda de la Vila.

Aunque se reciban los recibos con plazos de pago, de acuerdo con la información facilitada por SUMA, los plazos se ampliaron en un primer momento al 15 de junio, y posteriormente se suspendieron con las normas que ha aprobado el Estado en el decreto de estado de alarma. “Resumiendo, ahora mismo están aplazados los pagos, incluidos los cargos por domiciliaciones” finaliza Uclés.

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