Las personas mayores de 60 años que hayan realizado obras en su vivienda para quitar barreras arquitectónicas pueden pedir una subvención
Desde hoy y hasta el 18 de noviembre, las personas mayores de 60 años pueden solicitar una subvención para sufragar los gastos de las obras que hayan realizado en su domicilio con el fin de eliminar barreras arquitectónicas. Esta subvención corresponde a la orden 4/2024, de 4 de junio de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda y se aplicará a las obras efectuadas en las viviendas o zonas comunes de los edificios, en las que residen los mayores, durante el período de tiempo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de junio de 2024.
Las personas interesadas pueden solicitar la ayuda económica en el centro social Llar del Pensionista. Las cuantías dependerán del nivel de renta total de la unidad familiar, del número de miembros de esta y del coste de la actividad ejecutada.
Son objeto de esta subvención los gastos de actuaciones que mejoren la movilidad de los mayores y garanticen la accesibilidad de la vivienda. Entre las intervenciones, se incluyen las efectuadas en el cuarto de baño, tales como la sustitución de la bañera por un plato de ducha o adaptaciones de bañera o ducha, cambios de grifos; sustitución o adaptación del WC o del lavabo; la eliminación del bidé u otros elementos para facilitar la movilidad; o el tratamiento antideslizante de pavimentos.
También se incluyen actuaciones en la cocina para garantizar la seguridad en las tareas diarias, como la sustitución de las placas de gas canalizado o butano por placas eléctricas; la adaptación del azulejo de cocina y grifería; o el tratamiento antideslizante de pavimentos.
Son subvencionables los gastos de las adecuaciones para proporcionar apoyos en el entorno general del domicilio para facilitar la movilidad general de la persona dentro de su vivienda; intervenciones que se realizan en zonas comunes, como por ejemplo pasillos o recibidores, y que consisten en actuaciones como la ampliación de una puerta, el cambio de giro de una puerta, la eliminación de algún escalón que dificulta la accesibilidad o la instalación de barras o agarraderos, entre otros.
Además, son objeto de la convocatoria los gastos derivados de modificaciones en las zonas comunes de los edificios que facilitan la movilidad y garantizan la accesibilidad, como la instalación de rampas de obra o portátiles, ascensores, plataformas salva-escaleras o elevadores verticales.