El TSJ fija en 3,8 millones de euros la sanción del Atrium Beach
El Tribunal considera que el porcentaje para calcular la multa debe hacerse sobre el estado real de la obra en el momento de su paralización y no sobre el total; es decir, sobre lo construido en ese momento
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valeciana (TSJ) ha fijado la sanción a pagar por los promotores del Hotel Atrium Beach de La Cala en 3.832.858 euros, según consta en la sentencia en la que rechaza el recurso presentado por los promotores; esta cantidad deberá abonarse al Ayuntamiento de La Vila Joiosa.
Al conocer los términos de la misma, el concejal e Fomento Económico y Sostenible, Jerónimo Lloret, ha explicado que el Ayuntamiento de La Vila Joiosa no tiene previsto presentar recurso en el Tribunal Supremo en contra de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana sobre el Hotel Atrium Beach por exceso de edificabilidad.
En concreto, la sentencia desestima el recurso de los promotores del Hotel Atrium Beach en todos sus puntos, excepto en uno, considerando que “el valor a tener en cuenta a efectos de determinar la correspondiente sanción es el correspondiente al estado real de la obra ilegal en el momento de su ilegalización y no el presupuestado para la obra acabada ni el relativo a su valor de mercado. Valor real que se ha fijado pericialmente en 25.552.391 euros, sobre el que hay que aplicar la correspondiente sanción conforme a lo dispuesto en el artículo 80 del Reglamento de Disciplina Urbanística, en este caso, un 15%, por importe de 3.832.858”, según consta en un informe elaborado por el secretario municipal a raíz de la sentencia del TSJCV.
Jerónimo Lloret se refiere al informe del secretario para alegar la no interposición de recurso; “la sentencia da la razón al Ayuntamiento en todos los puntos, excepto en la cuantía de la sanción a los promotores del Atrium Beach por exceso de edificación; el secretario municipal en un informe redactado a raíz de las sentencia recomienda no recurrirla, al considerar que un recurso en el Tribunal Supremo sería jurídicamente poco viable, dado que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha interpretado correctamente el Reglamento de disciplina urbanística; un reglamento que especifica que se sancionará con multa del 10 al 20% de su valor el exceso de edificación; en este caso, se ha sancionado con un 15%, es decir, con 3.832.858 euros, que es la cantidad que ingresarán las arcas municipales”.
Además del Ayuntamiento, la Generalitat tampoco ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia en el Tribunal Supremo.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana resuelve el recurso presentado en su día por el Hotel Luna (Atrium Beach), y lo desestima en todos sus puntos, excepto en la cuantía de la sanción por exceso de edificación.
“Hay que recordar que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunicad Valenciana redujo a cero la cuantía a pagar por la promotora del Atrium Beach. Ahora, el mismo Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, ha vuelto a considerar la multa, elevándola a 3,8 millones de euros. Por lo tanto, se trata de una excelente noticia para el Ayuntamiento y de un éxito de la Administración”, ha explicado Jerónimo Lloret.