La Vicepresidencia concede ayudas para el desarrollo de programas y servicios de promoción de autonomía de personas con discapacidad
Se han valorado 557 programas de organizaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplen con los requisitos regulados
La Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat la concesión de las ayudas para el desarrollo de programas y servicios de promoción de autonomía de personas con discapacidad para el ejercicio 2024.
Esta línea de subvención tiene como objetivo el fomento de la inclusión, la integración social, autonomía y desarrollo personal de las personas con discapacidad. El importe máximo estimado destinado a estos programas y servicios, previsto en los presupuestos de 2024, asciende a 6 millones de euros.
Las organizaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplen con los requisitos regulados en la orden 1/2016 han presentado las solicitudes que incluyen un total de 557 programas dirigidos a esta finalidad y que han sido valorados. Las solicitudes recibidas han sido resueltas siguiendo el régimen de concurrencia competitiva.
En la Comunitat Valenciana, un total de 536 entidades han recibido 5.972.292,48 euros, lo que beneficiará a 157.923 personas.
Por provincias, en Alicante se han concedido 1.588.466,18 euros a 169 entidades, lo que beneficiará a 40.094 personas; en Castellón se han destinado 748.861,48 euros a 63 empresas que beneficiarán a 10.633 personas; y en Valencia, un total de 1.935.771,13 euros han sido concedidos a 197 entidades, resultando beneficiarias un total de 48.970 personas.
Asimismo, un total de 107 empresas de ámbito autonómico han recibido 48.970 euros, beneficiando a 58.196 personas.
Todas las entidades beneficiarias de subvenciones deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, incluyendo el logotipo de la Generalitat en medios de difusión tales como carteles, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales y en cualquier otro medio de publicidad que se realice de la actividad subvencionada.
El 100 % del importe concedido en estas ayudas se anticipará para hacer efectivo el pago de los servicios sociales de atención primaria y secundaria.