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El Ayuntamiento gana en primera instancia la demanda de Cespa sobre el reciclado de envases

El Ayuntamiento gana en primera instancia la demanda de Cespa sobre el reciclado de envases

    El Ayuntamiento de San Vicente ha ganado en primera instancia la demanda presentada por Cespa, empresa concesionaria del servicio público de recogida de residuos sólidos y limpieza de la vía pública de la ciudad. Esta empresa, en enero de 2015, solicitó al ayuntamiento que le abonase los ingresos de Ecoembes por la recogida selectiva de envases. Una pretensión que fue desestimada en el pleno de marzo de 2015 y que desembocó en la presentación de una demanda por la vía contencioso-administrativa.

    Desde el año 2009, la empresa Ecoembes gestiona los envases ligeros que los vecinos de San Vicente depositan en los contenedores. Ecoembes está obligada a pagar a los ayuntamientos una cantidad económica, que “no es por el valor de lo que se pueda extraer de los envases depositados en el contenedor amarillo sino para compensar la diferencia de coste entre el sistema de recogida indiscriminada de residuos y el sistema de recogida en contenedores específicos gestionado por Ecoembes”. En el caso del consistorio sanvicentero es de alrededor de 120.000 euros anuales.

    La concesionaria Cespa entendió que esta cantidad se le debía entregar a ella porque en el pliego de condiciones de la contrata contempla la recogida selectiva de residuos. Una interpretación que el titular del Juzgado de la Contencioso Administrativo nº 3 desestima “ya que no hay ninguna obligación de ceder los posibles ingresos a un tercero, puesto que la única relación contractual del ayuntamiento con Cespa es el pliego de la contrata”. La sentencia señala que “no es posible admitir la interpretación que realiza la parte actora”, porque la recogida de residuos que realiza Cespa y la de Ecoembes son sistemas de gestión distintos.

    De esta manera, la sentencia da la razón al Ayuntamiento de San Vicente, puesto que está aplicando de manera correcta el contrato de la limpieza. “El contrato resulta claro cuando impone la obligación al concesionario de llevar a cabo las recogidas selectivas establecidas en el propio contrato sin coste alguno, por lo que no procede ceder al concesionario las cantidades que el ayuntamiento percibe de Ecoembes”.

    De este fallo judicial se ha dado cuenta hoy en comisión informativa y se informará a la corporación en el pleno ordinario previsto para el día 27 de julio.

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