Los veterinarios cuestionan los test del ADN canino: caros, poco fiables y plantean dudas jurídicas
Alerta a los municipios valencianos contra este sistema porque genera duplicidades con respecto a la identificación con microchip obligaría a los ciudadanos a pagar dos veces por lo mismo y porque los ayuntamientos podrían no tener cobertura legal
Diversas empresas especializadas han intensificado en los últimos meses una campaña comercial para ofrecer sus servicios a ayuntamientos valencianos, crear un censo genético y tratar de acabar así con el problema que supone que muchos dueños de perros no recojan los excrementos cuando éstos defecan en las calles o jardines. Para instaurar el sistema, tales empresas –después de ser adjudicatarias de este servicio- requieren de la colaboración de clínicas veterinarias de la localidad en cuestión, que son las encargadas de tomar las muestras de saliva o de sangre del perro con las que realizar la correspondiente ficha del ADN del animal.
Tales acuerdos se están realizando –al contrario que en otras regiones de España- sin contar previamente con los veterinarios clínicos ni con el Colegio de Veterinarios de Valencia (ICOVV) para estudiar o fijar las condiciones de realización, lo que ha generado desconfianza entre el colectivo. Ante las dudas despertadas, el ICOVV ha querido pronunciarse y denunciar abiertamente las debilidades de un sistema que, pese a haber mejorado en los últimos años, resulta aún muy costoso, con un complicado retorno de la inversión vía el cobro de sanciones, que genera duplicidades con respecto al ya existente Registro de Informático Valenciano de Identificación Animal (RIVIA) –lo que obligaría a los vecinos con perros a pagar dos veces por el mismo servicio-, que es poco fiable y que plantea serias dudas jurídicas.
“Sobre el papel, el sistema parece resolver el problema. Pero el esquema plantea incógnitas sobre su viabilidad económica, técnica y jurídica”, explica la presidenta del ICOVV, Inmaculada Ibor. En primera instancia, exige que los municipios adapten sus ordenanzas para recoger la obligatoriedad de este nuevo censo genético y sistema de identificación así como las sanciones por no cumplir con la necesaria inscripción. Este asunto es una cuestión salvable porque solo depende de la voluntad política del consistorio, otra cosa bien distinta es si la regulación autonómica –porque es la Generalitat la que tiene las competencias en materia de bienestar animal- reconoce a este tipo de identificación a partir del ADN, algo que no se contempla ni en la actual legislación ni en el proyecto de Ley de Protección, Bienestar y Tenencia de Animales de Compañía que ahora se debate en Les Corts, que solo menciona al microchip como método de identificación obligatoria en el caso de los perros.
Además, existen otras dudas jurídicas en cuanto a su utilidad como instrumento sancionador. Efectivamente, para garantizar la legalidad de las multas a los infractores de las ordenanzas, el municipio debería asegurar la cadena de custodia, es decir, que la muestra no se haya manipulado ni alterado desde su recogida hasta el resultado final de la analítica (cuando se coteja el ADN de la ficha de cada animal con el obtenido a partir de las heces).
Para su toma, además, se requerirá de la presencia de un funcionario que levante acta del lugar, de la persona que toma la muestra y de su envío al laboratorio. “El registro genético obligaría a que la policía local controlara, persiguiera y en su caso sancionase a quienes, después del plazo concedido, no hubieran inscrito a su animal y –una vez alcanzado un porcentaje del censo significativo- los agentes u otros funcionarios tendrían que auxiliar en la toma de muestras de heces para cada expediente que se pueda abrir”, explica a este respecto Ibor.
El sistema tampoco garantiza un retorno de la inversión realizada para confeccionar el censo genético –a veces bonificada o asumida por los consistorios, si no es sufragada al 100% por los vecinos- a través de las sanciones. Su eficacia a la hora de cruzar datos entre el registro y los resultados por marcadores moleculares (PCR) de las heces recogidas es, pese a los avances registrados y según la literatura científica consultada, muy cuestionable: las muestras obtenidas suelen degradarse por las condiciones ambientales, muchas veces no son definitorias por la propia escasez de ADN que pueda analizarse, por la habitual presencia de inhibidores de PCR que impiden que los resultados sean concluyentes, por la existencia de contaminaciones genéticas, por problemas de conservación y/o transporte de las heces, por proceder de una especie distinta (gatos, por ejemplo) o de animales “itinerantes” (abandonados o de otros municipios que no estén registrados en este censo).
Estas técnicas se basan en el trabajo desarrollado en el ámbito de la investigación con fauna silvestre donde, por la dificultad en la obtención directa de muestras de los animales, resulta común la recolección de heces o pelos de animales para la extracción de ADN y utilización de esta información genética. Aún así, no son usadas de manera rutinaria porque –también en el terreno de la investigación- persisten los mismos problemas antes descritos, lo que suele disparar el coste global del estudio.
En Málaga -el primer gran municipio donde este sistema se implementó, a partir de mayo de 2017- se creó un fondo dotado con 200.000 euros para hacerse cargo de los análisis previos para obtener el perfil genético y para asumir también el coste de las pruebas PCR de las muestras de excrementos. El porcentaje de éxito medio alcanzado en la identificación en 2019 y 2020 fue de entre el 15 y el 22% (se tomaron en esos dos años 715 muestras de la calle pero de ellas sólo se pudo identificar al dueño y multar en 131 casos). Si se quiere evitar generar un mayor déficit a las arcas municipales, los gastos generados por los expedientes que no logran una identificación (ocho de cada diez casos) deben compensarse con los ingresos por la vía de aumentar la cuantía de las multas donde sí se logra tal cosa (dos de cada diez). Y para conseguir tales cifras antes tuvieron que pasar varios años: a principios de 2021 el porcentaje de perros dados de alta en el censo llegó al 85% pero, para alcanzar ese ratio, el ayuntamiento tuvo que afrontar antes los gastos de 5.126 inspecciones a dueños de perros.
Por todo lo cual, el ICOVV recomienda a los municipios estudiar detenidamente la relación coste-beneficio y analizar también antes la conveniencia de reformar las ordenanzas para reforzar el rango de las sanciones; reorientar la inversión municipal a la mejora de la vigilancia en este ámbito e intensificar las campañas de concienciación, con mensajes que vayan más allá de remarcar los problemas de olores, de deterioro del mobiliario público o de falta de civismo, en los que se remarquen también los problemas de salud pública derivados de la no recogida de las heces (prevalencia de parásitos intestinales y posible contagio de enfermedades a personas).
El ICOVV recuerda, asimismo, que el actual sistema de identificación del RIVIA permite localizar en pocas horas al animal extraviado (sólo hace falta leer el chip con los datos de su titular) y sirve para identificar a todos los perros de la Comunitat –y a través del REIAC, la base de datos que conecta los registros autonómicos- a todos los del país. El censo genético sólo permitiría conocer los datos de los perros que en ese momento estuvieran dados de alta en el municipio en cuestión y, claro, lo haría solo en los casos en los que la prueba no fallara. Además, este registro excluye la posibilidad de localizar a los dueños de los perros no censados en el municipio en cuestión. Por todo ello, el ICOVV concluye que los censos genéticos podrían, en su caso, ser útiles como un complemento pero nunca como un sustituto de los registros a través del microchip.