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Sarrià: “El recurso fue un acto de soberbia de para no reconocer el error del equipo de Gobierno”

    El concejal de grupo municipal socialista en el Ayuntamiento de Valencia Vicent Sarrià ha asegurado que la sentencia del TSJCV pone en evidencia al Partido Popular y confirma que los socialistas tenían razón cuando hace siete años se opusieron a que el Ayuntamiento recurriera la sentencia que anulaba la licencia de la subestación de Patraix. "Fue un acto de soberbia del entonces concejal Jorge Bellver por no reconocer el error del equipo de Gobierno", ha señalado y ha apuntado que lo que “ahora toca” es “acatar la sentencia y vigilar su cumplimiento”.

    Sarrià se ha manifestado en estos términos sobre la sentencia del TSJ que da la razón a la plataforma de afectado por la subestación de Patraix y al grupo municipal socialista al desestimar el recurso de apelación interpuesto, entre otros por el Ayuntamiento de Valencia contra la sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo dos de 13 de marzo de 2008 por la que se anulaba la licencia de obras, declarándola nula y dejándola sin efecto.

    Ha explicado que la sentencia, hoy conocida, “desestima el recurso en su pretensión de declarar inicua la actividad de la subestación, ratificándose en la decisión del juzgado, al entender que dicha actividad debe ser calificada, no como insalubre y al menos peligrosa por riesgo de incendio, al tiempo que confirme la anulación del acuerdo municipal por se otorgó licencia de actividad inocua a la subestación de Patraix”.

    Pone de manifiesto, según ha indicado, “una vez más la soberbia del equipo de gobierno del PP, al rechazar la propuesta de grupo socialista al pleno del 28 de Marzo de 2008, en la que se solicitaba que no recurriera la sentencia, máxime cuando en mayo del 2007 se acordó el cierre y traslado de la subestación”. Asimismo, ha indicado que la sentencia “daba la razón por la prevalencia del principio de precaución y cautela que deben regir la actuación de las corporaciones locales y el incumplimiento del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales que establece que debe otorgarse la licencia de actividad previa a la de obras”.

    “Con el único argumento de que se recurriría la sentencia para defender la buena actuación municipal, se rechazó en su momento la moción del grupo socialista, presentando el recurso que ahora, siete años después la Sala de Lo contencioso Administrativo del TSJ de la CV, desestima”, ha remarcado y ha hecho hincapié en que el equipo de gobierno tiene que cumplir “el acuerdo pleno mayo 2007 cierre subestación y llevar a cabo la vigilancia efectiva de la no existencia de actividad”.

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