Peritos, ASEMIP y el Colegio de Abogados analizan la utilidad de las pruebas periciales en procesos de familia
La Asociación de Peritos Colaboradores con la administración de justicia de la Comunidad Valenciana, la Asociación Española Multidisciplinar de Investigación sobre Interferencias Parentales (ASEMIP) y el Colegio de Abogados de Valencia resaltaron durante una jornada celebrada en la Ciudad de la Justicia sobre "Pericial Psicológica en Procesos de Familia" la problemática compleja y controvertida en estos procesos. Sobre la mesa varias cuestiones: ¿Los profesionales intervinientes en el proceso de ruptura protegen el interés superior del menor? y ¿hasta qué punto las pruebas psicológicas periciales cumplen las expectativas?
"Si estamos aquí es porque queremos aportar soluciones a esta situación. Constatamos que un alto porcentaje de las pruebas periciales psicológicas que se realizan actualmente no satisfacen a las partes implicadas", dijo Mª Jesús Ferreiro, presidenta de Asociación de Peritos Colaboradores con la administración de justicia de la Comunidad Valenciana. La falta de tiempo para evaluar adecuadamente la situación del niño y la de los padres, la complejidad de las familias actuales, los cambios sociales, legales y la intervención de la Administración en cuestiones que antes se solucionaban privadamente, son parte del problema.
La creación de los gabinetes psicosociales adscritos a algunos juzgados de familia que se pusieron en marcha en 1983 para colaborar en la realización de estos informes psicológicos están actualmente desbordados. "La sobrecarga de trabajo conlleva que sus informes se dilaten en el tiempo lo que provoca que algunas situaciones se enquisten generando problemas psicológicos mayores", apunta Ferreiro. Según se puso de manifestó en el encuentro hay informes que tardan un año en emitirse lo que gangrena las problemáticas familiares siendo en algunos casos de difícil reversión.
Amparo Cabrera, especialista en psicología clínica, recordó cuáles eran los principales a los que acudir para obtener un informe pericial que permitirá posteriormente al juez resolver cuestiones como el régimen de visitas, la custodia, pensiones, atribución del domicilio conyugal e incluso quién se queda con la patria potestad. "Por un lado están los equipos psicosociales, gratuitos, adscritos a un juzgado determinado; y por otro el sistema tradicional, es decir recurrir a un perito judicial designado por el juez, al que se ven abocados los que no tienen este servicio en su municipio o quieren informes más exactos de su situación". Sin embargo esta clase de informes periciales privados se encuentra con barreras.
"En algunos casos, hemos llegado a escuchar que estos informes satisfacen a quien los ha pagado, lo que invalidaría su objetividad", tal como apuntó Olga Beltrán, vocal de ASEMIP, insistiendo en la necesidad imperiosa de lograr la igualdad en el tratamiento de la pericia.
Luis Ignacio Arego, abogado y presidente de la sección de Derecho de Familia del Colegio de Abogados de Valencia manifestó que "el menor debería dejar de ser protagonista en estos casos e incluso no participar en un escenario que seguramente le dejará una huella en su crecimiento".
La solución, según Arego, pasa por que los protocolos sirvan para dotar a la prueba de las necesarias garantías; y este protocolo no es para mejorar el funcionamiento de los E.P. propiamente dichos, sino la manera o método de realizar sus informes.
Mª Paz Antón, vicepresidenta de ASEMIP, concluyó la jornada , resaltando la necesidad de reformas puntuales tanto en la L.E. Procesal Civil, en cuanto que no contiene regulación alguna sobre los informes psicosociales, cómo en relación al Código Penal, a fin de que se incluya el tipo o falta , que tipifiquen situaciones de hecho donde los menores se encuentran totalmente desprotegidos y al amparo exclusiva de uno de sus progenitores, tal como explico la ponente, vocal de ASEMIP, María Luz Diez Varanda.
Asimismo, resalto la exigencia imperiosa de la formación de todos los profesionales intervinientes en el proceso de ruptura, unido a la implantación de protocolos de actuación en todas las Comunidades Autónomas con respecto a la actuación de los equipos psicosociales en los procesos de ruptura, determinando tanto el papel de los psicólogos, como la actuación de los trabajadores sociales adscritos a los gabinetes psicosociales, con el fin de ofrecer las garantías procesales necesarias para proteger al menor y evitando con ello resoluciones no ajustadas a la realidad en la que se desenvuelven los menores día a día, donde se ven privados de mantener una relación con uno de sus progenitores, y además de obstaculizarse la relación con otros parientes cercanos, como los abuelos.