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Obligan a tener más de 30 años para hacer el 'check in' en apartamentos turísticos de Valencia: denuncian esta práctica

Obligan a tener más de 30 años para hacer el 'check in' en apartamentos turísticos de Valencia: denuncian esta práctica
  • Desde Facua denuncian esta práctica que consideran ilegal

FACUA Comunidad Valenciana ha denunciado ante la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo de la Comunitat Valenciana a los apartamentos turísticos Down Town de Valencia por restringir a 30 años la edad mínima para poder hacer el check-in.

La asociación ha comprobado que este alojamiento, a través de su anuncio en el portal Booking, establece entre sus «normas de la casa» una restricción que se basa única y exclusivamente en la edad para poder realizar el registro de entrada y acceder al mismo.

FACUA CV advierte de que el check-in es un paso obligatorio que todos los usuarios deben de hacer antes de disfrutar del servicio de hospedaje contratado, bien sea un hotel, un hostal o un apartamento turístico. De este modo, que Down Town imponga una edad mínima superior a la mayoría de edad para poder hacer este trámite carece de sentido alguno, ya que supone una discriminación hacia las personas con edad comprendida entre los 18 y los 29 años.

Qué dice la ley

El artículo 5 del Decreto 10/2021, de 22 de enero, del Consell, por el que se regula el alojamiento turístico en la Comunitat Valenciana establece que «el acceso a los establecimientos de alojamiento turístico es libre para quienes hayan contratado los servicios, sin que pueda discriminarse por razón de sexo, nacionalidad, origen racial o étnico, edad, orientación sexual, identidad y expresión de género, grupo familiar, desarrollo sexual, diversidad funcional o discapacidad, religión o creencias, ideas políticas, pobreza, lengua, cultura, enfermedad, estética, cuerpo o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».

El artículo 12 de la Constitución Española señala que «los españoles son mayores de edad a los dieciocho años». Además, el artículo 246 del Código Civil deja claro que los mayores de edad pueden «realizar todos los actos de la vida civil, salvo las excepciones establecidas en casos especiales por este Código». De este modo, no tiene ningún fundamento hacer dicha limitación a las personas con edades comprendidas entre los 18 y los 29 años.

Por todo ello, FACUA Comunidad Valenciana ha pedido a la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo de la Comunitat Valenciana que abra un expediente sancionador contra los apartamentos turísticos Down Town de Valencia al entender que con dicha discriminación por edad se están vulnerando los derechos de los potenciales huéspedes.

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