El Gobierno de España tumba el plan urbanístico del Cabanyal un día después de aprobarlo el pleno
Los populares aseguran que el gobierno de Ribó y PSOE “llevan ocho años para poner en marcha un plan que sigue teniendo deficiencias pues el informe del Estado al plan es desfavorable”
El urbanístico del Cabanyal seguirá sin aprobarse hasta que sean subsanadas las deficiencias detectadas por el Gobierno de España. Un día después de aprobarlo en el pleno con los votos de Compromís y PSOE el Estado a través del Ministerio de Asuntos Económicos ha informado desfavorablemente el plan y lo ha rechazado advirtiendo que hasta que el informe se no desfavorable no se podrá seguir tramitando el plan.
La portavoz del PP, María José Catalá asegura que es “un nuevo despropósito del gobierno de Ribó y PSOE, quienes llevan ocho años para poner en marcha un plan que sigue teniendo deficiencias pues el informe del Estado al plan es desfavorable. Ni han sabido ponerlo en marcha ni tampoco han sabido ejecutar el plan Edusi que el PP dejo listo desde el gobierno de Rajoy para el Cabanyal. Más de 30 millones se deberían haber invertido en el barrio, y en siete años sólo han ejecutado el 20% de las inversiones”.
El informe ha sido remitido al Ayuntamiento por el Ministerio de asuntos Económicos y Transformación Digital advirtiendo que el mismo es vinculante dando un plazo de un mes para que el Gobierno de Ribó y PSOE subsanen las deficiencias. La mayoría de ellas son en relación al plan especial de protección del BIC que forma el entorno histórico. Dice el Ministerio tras analizar el PEC del Cabanyal que “analizado el instrumento de planeamiento urbanístico presentado, se comprueba que varios puntos del mismo no están alineados con la legislación vigente”.
“Se emite informe desfavorable en relación con la adecuación del Plan Especial de Protección del BIC conjunto histórico del "cabanyal-canyamelar" y su entorno urbano, de valencia, (valencia), a la normativa sectorial de telecomunicaciones. Las observaciones marcadas como vinculantes tienen tal consideración a los efectos contemplados en el mencionado artículo 50.2 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones”, apunta el informe en sus disposiciones finales.
Recoge el documento que “si el mismo vuelve a ser no favorable, no podrá aprobarse el correspondiente instrumento de planificación territorial o urbanística en lo que se refiere al ejercicio de las competencias estatales en materia de telecomunicaciones”.
Se le da un plazo al Ayuntamiento para subsanar las deficiencias “en consecuencia, el Servicio de Planeamiento del ayuntamiento de Valencia dispondrá de un plazo máximo de un mes a contar desde la recepción de este informe, para remitir a este Ministerio dicho instrumento adaptado al ordenamiento legal vigente, o para, en su caso, remitir a este Ministerio sus alegaciones, motivadas por razones de medio ambiente, salud pública, seguridad pública u ordenación urbana y territorial”.