Aumentan en Valencia los expedientes de autorizaciones de trabajo de extranjeros y de estudiantes
El delegado del Gobierno destaca el trabajo de los funcionarios de la oficina de Extranjería
La Oficina de Extranjería de Valencia tramitó un 58% más de solicitudes de asilo, 391 solicitudes el año pasado frente a las a las 229 de 2015
Han aumentado los expedientes tramitados de autorizaciones de trabajo y de residencia de extranjeros pasando de 6.390 del año 2015 a las 6.735 del pasado año
La Oficina de Extranjería de Valencia tramitó y resolvió durante el año 2016 cerca de 400 de solicitudes asilo, lo que significa un 58% más que durante el año anterior, donde se cursaron 229 solicitudes. También se incrementó en 2016 el número de autorizaciones de trabajo y residencia de extranjeros, pasando de 6.390 realizadas durante el año 2015 a las 6.735 del año 2016.
En total en la oficina se tramitaron 41.258 expedientes durante el año 2016, una media de 113 expedientes cada día. El pasado año, tras más de tres años de caída en el volumen de trabajo, se realizaron cerca de 1.600 expedientes más que en el año 2015, donde se tramitaron 40.714.
El delegado del Gobierno, Juan Carlos Moragues, ha destacado el trabajo que realizan los funcionarios de la Oficina de Extranjería de Valencia, la cual ha conseguido en sólo cuatro años reducir a más de la mitad los tiempos de plazo para resolver los expedientes pasando de los cerca de tres meses (81 días del año 2012) a algo más de un mes (40 días en 2016).
Además de los permisos de trabajo, residencia y asilo, otro volumen importante de expedientes ha sido las autorizaciones de regreso que han descendido respecto a 2015. En el año 2016 se tramitaron 3.647, frente a las 3.829 del año anterior. Las reagrupaciones familiares también han descendido, pasando de 1.701 realizadas en el año 2015 a las 1.504 del año 2016
Han aumentado las tarjetas de régimen comunitario, se han tramitado 6.029 frente a las 5.023 del año 2015. Mientras las tarjetas de estudiantes también han aumentado pasando de 5.545 a las 6.029 tarjetas realizadas en 2016.
"La agilidad en las resoluciones de los expedientes fue uno de los objetivos marcados en la Oficina de Extranjería y se ha conseguido reducir a la mitad en pocos años", explicó el delegado del Gobierno, Juan Carlos Moragues, por tanto "hay que poner en valor que esta reducción de tiempos es fruto del esfuerzo y trabajo del personal de esta oficina de Valencia. Resolver expedientes complicados sin demoras innecesarias ayudan sin duda a las personas".
También ha sido importante la reducción de los tiempos de Información al Público en la Oficina de Extranjería. Con un servicio ágil, presencial telefónico y telemático, en el que se responde en todo caso en plazo inferior a 48 horas cuando las consultas se efectúan por escrito.
Desde el año 2012, la Oficina de extranjería ha reducido paulatinamente los tiempos de espera en la atención al público, cumpliendo en los últimos ejercicios los objetivos señalados por la Subdirección General de Inmigración.
En los supuestos de contestación por escrito, el tiempo máximo de respuesta no supera los 6 días. Si la petición de información se realiza por correo electrónico se contesta en el plazo máximo de 48 horas.
Y el tiempo de espera desde la solicitud de cita previa hasta la fecha asignada no supera, salvo momentos puntuales los 14 días, siendo la media del tiempo de espera de los servicios que se ofrecen con cita previa inferior a 6 días.
La Oficina de Extranjería tiene como objetivo la gestión de los flujos migratorios y en especial la gestión de los procedimientos para autorizar la entrada, residencia y trabajo en España, de extranjeros procedentes de países de fuera de la Unión Europea. Igualmente la documentación de los Ciudadanos de la Unión Europea y sus familiares.
También cobra importancia los trámites para establecer los términos en que las personas nacionales de países no comunitarios y las apátridas podrán gozar en España de la protección internacional constituida por el derecho de asilo y la protección subsidiaria, así como el contenido de dicha protección internacional.